Circ. 11/96 SCJ (16/2/96) DGSA
Reglamenta el uso de teléfonos celulares al servicio del Poder Judicial.-
TELEFONOS CELULARES: 2000
Circ. 5/2000 DGSA (22/2/2000) -
De Mandato Verbal de la SCJ se dispuso que los teléfonos celulares proporcionados por el Poder Judicial, deben estar al servicio de la función, por lo que en caso de licencia de los titulares, los mismos deben quedar en la oficina bajo responsabilidad de la oficina actuaria.-
TELÉFONOS CELULARES: 2002
Circ. 25/2002 DGSA (6/6/2002) -
Nueva reglamentación del uso de teléfonos celulares proporcionados por el Poder Judicial.-
TELÉFONOS CELULARES: 2010
Circ. 100/2010 DGSA (5/10/2010) -
Se dispuso recomendar a los señores jerarcas, el control respecto del uso de celulares durante el horario de trabajo, por parte de los funcionarios judiciales en general. Division Servicios Inspectivos informa que, en ocasión de realizar inspecciones se comprobó en varias sedes, el uso abusivo de celulares, especialmente en la modalidad de mensaje de texto, incluso a la vista del público, de lo que concluye que de acuerdo a la cantidad y continuidad de los mismos, y por el tiempo que ocupan, distorsionan la tarea propia de los funcionarios que lo utilizan, lo que, si se controla, podría hacer variar la necesidad de funcionarios, tema recurrentemente planteado por los jerarcas, ya que se optimizaría el tiempo para realizar las tareas y no se vería perjudicado el servicio
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