TACUAREMBO 1989
Circ. 13/89 SCJ (9/8/89) Acordada 7006 del 8/3/89:
Declara constituido a partir del 27/3/1989 el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de 2do. Turno.-
TACUAREMBO: 1989
Declara constituido a partir del 27/3/1989 el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de 2do. Turno.-
TACUAREMBO: 1989
Circ. 37/89 SCJ (24/5/89)
Eleva al Juzgado de Paz de la 7ma. Sección Judicial de Tacuarembó a Juzgado de 2da. categoría.-
TACUAREMBO: 1989
Eleva al Juzgado de Paz de la 7ma. Sección Judicial de Tacuarembó a Juzgado de 2da. categoría.-
TACUAREMBO: 1989
Circ. 73/89 SCJ (19/9/89) Acordada 7036 del 18/9/92:
Suprime el Juzgado de Paz de la 8va. Sección Judicial de Tacuarembó.
TACUAREMBO: 1989
Suprime el Juzgado de Paz de la 8va. Sección Judicial de Tacuarembó.
TACUAREMBO: 1989
Circ. 75/89 SCJ (19/10/89) Acordada 7038 del 19/10/89:
Declara constituido, entre otros, el Juzgado Letrados de Primera Instancia de Tacuarembó de 3er. turno.-
TACUAREMBO: 1989
Declara constituido, entre otros, el Juzgado Letrados de Primera Instancia de Tacuarembó de 3er. turno.-
TACUAREMBO: 1989
Circ. 77/89 SCJ (19/10/89) Acordada 7040 del 19/10/89:
Declara constituido, entre otros, el Juzgado de Paz Departamental de Segundo Turno de Tacuarembó.-
TACUAREMBO: 1990
Declara constituido, entre otros, el Juzgado de Paz Departamental de Segundo Turno de Tacuarembó.-
TACUAREMBO: 1990
Circ. 92/90 SCJ (24/12/90) Acordada 7086 del 24/12/90:
Los Juzgados de Paz Departamentales de Tacuarembó, entre otros, conocerán en asuntos referidos al artículo 545 literal e de la ley 15982 y Reglamenta los turnos.-
TACUAREMBO: 1992
Los Juzgados de Paz Departamentales de Tacuarembó, entre otros, conocerán en asuntos referidos al artículo 545 literal e de la ley 15982 y Reglamenta los turnos.-
TACUAREMBO: 1992
Circ. 37/92 SCJ (7/5/92) Acordada 7146 del 6/5/92:
Reestructura de las Secciones Judiciales del departamento de Tacuarembó.-
TACUAREMBO: 1992
Reestructura de las Secciones Judiciales del departamento de Tacuarembó.-
TACUAREMBO: 1992
Circ. 86/92 SCJ (30/12/92)
Designa Titular de la Comunidad Geográfica de la 6ta. Sección Judicial de Paysandú y 11ra. Sección Judicial de Tacuarembó.-
TACUAREMBO: 1992
Designa Titular de la Comunidad Geográfica de la 6ta. Sección Judicial de Paysandú y 11ra. Sección Judicial de Tacuarembó.-
TACUAREMBO: 1992
Circ. 90/92 SCJ (31/12/92)
Designación de los titulares de los Juzgados de Paz en virtud de los cambios producidos por la reestructura en los departamentos de Artigas, Salto, Paysandú, Rivera, Río Negro, Tacuarembó, Maldonado, Rocha, Florida y Colonia.-
TACUAREMBO: 1992
Designación de los titulares de los Juzgados de Paz en virtud de los cambios producidos por la reestructura en los departamentos de Artigas, Salto, Paysandú, Rivera, Río Negro, Tacuarembó, Maldonado, Rocha, Florida y Colonia.-
TACUAREMBO: 1992
Circ. 91/92 SCJ (31/12/92)
Nuevas categorías de los Juzgados de Paz en virtud de la reestructura de las Secciones Judiciales de los departamentos de: Artigas, Salto, Paysandú, Rivera, Río Negro, Tacuarembó, Maldonado, Rocha, Florida y Colonia.-
TACUAREMBO: 1995
Nuevas categorías de los Juzgados de Paz en virtud de la reestructura de las Secciones Judiciales de los departamentos de: Artigas, Salto, Paysandú, Rivera, Río Negro, Tacuarembó, Maldonado, Rocha, Florida y Colonia.-
TACUAREMBO: 1995
Circ. 7/95 SCJ (16/2/95)
Eleva a categoría Ciudad al Juzgado de Paz de la 9ª Sección Judicial de Tacuarembó.-
TACUAREMBO: 1995
Eleva a categoría Ciudad al Juzgado de Paz de la 9ª Sección Judicial de Tacuarembó.-
TACUAREMBO: 1995
Circ. 73 Y 77/95 SCJ (29/11/95)
Eleva de categoría al Juzgado de Paz de la 2ª Sección Judicial de Tacuarembó.-
TACUAREMBO: 1996
Eleva de categoría al Juzgado de Paz de la 2ª Sección Judicial de Tacuarembó.-
TACUAREMBO: 1996
Circ. 11/96 SCJ (6/3/96): Acordada 7279 del 1/3/96:
Eleva a Segunda categoría al Juzgado de Paz de la 3ª Sección Judicial de Tacuarembó.-
TACUAREMBO: 1996
Eleva a Segunda categoría al Juzgado de Paz de la 3ª Sección Judicial de Tacuarembó.-
TACUAREMBO: 1996
Circ. 94/96 SCJ (3/12/96) Acordada 7312 del 29/11/96:
Modificase el art. 3º de la Acordada Nº 7086 de 24/12/90, el que quedará redactado del siguiente modo: “Los Juzgados de Paz Departamentales del Interior conocerán por períodos que se establecen: los de Primer Turno, del 1º al 12 de cada mes, y los de 2º Turno del 13 al fin de cada mes.- en aquellos casos en que la Sede cuente con Juez de Paz Adscripto encargado del Registro de Estado Civil, al Primer Turno le corresponderá del día 1º al 15, y al Segundo Turno, del día 16 al fin de cada mes”
TACUAREMBO: 2000
Modificase el art. 3º de la Acordada Nº 7086 de 24/12/90, el que quedará redactado del siguiente modo: “Los Juzgados de Paz Departamentales del Interior conocerán por períodos que se establecen: los de Primer Turno, del 1º al 12 de cada mes, y los de 2º Turno del 13 al fin de cada mes.- en aquellos casos en que la Sede cuente con Juez de Paz Adscripto encargado del Registro de Estado Civil, al Primer Turno le corresponderá del día 1º al 15, y al Segundo Turno, del día 16 al fin de cada mes”
TACUAREMBO: 2000
Circ. 88/2000 SCJ (13/12/2000): Acordada 7410 del 8/12/2000:
Eleva a Primera categoría al Juzgado de Paz de la 8ª Sección Judicial de Tacuarembó.-
TACUAREMBO: 2001
Eleva a Primera categoría al Juzgado de Paz de la 8ª Sección Judicial de Tacuarembó.-
TACUAREMBO: 2001
Circ. 25/2001 SCJ (18/4/2001): Acordada 7424 del 18/4/2001:
Eleva a Primera categoría al Juzgado de Paz de la 4ª Sección Judicial de Tacuarembó.-
TACUAREMBO 2003
Circ. 76/2003 SCJ (29/9/2003) Acordada 7492 del 29/9/2003.-
Supresión de Juzgados de paz rurales y de 2ª categoría. Conformación de las siguientes Comunidades Geográficas: Paz 9na Sección Judicial de Tacuarembó (San Gregorio de Polanco) con Paz 3ª Sección Judicial de Tacuarembó (La Hilera) - Paz Departamental de Tacuarembó que por turno corresponda, con Paz 6ª Sección Judicial de Tacuarembó (Paso Bonilla)
TACUAREMBO 2004:
Eleva a Primera categoría al Juzgado de Paz de la 4ª Sección Judicial de Tacuarembó.-
TACUAREMBO 2003
Circ. 76/2003 SCJ (29/9/2003) Acordada 7492 del 29/9/2003.-
Supresión de Juzgados de paz rurales y de 2ª categoría. Conformación de las siguientes Comunidades Geográficas: Paz 9na Sección Judicial de Tacuarembó (San Gregorio de Polanco) con Paz 3ª Sección Judicial de Tacuarembó (La Hilera) - Paz Departamental de Tacuarembó que por turno corresponda, con Paz 6ª Sección Judicial de Tacuarembó (Paso Bonilla)
TACUAREMBO 2004:
Circ. 46/2004 DGSA (46/2004) Acordada 7514 del 1/6/2004.-
Supresión de Juzgados de paz rurales y de 2ª categoría. Conformación de la siguiente Comunidad Geográfica: Paz Departamental de Tacuarembó que por turno corresponda con Paz 5ª Sección Judicial de Tacuarembó (Rincón del Cerro)-
TACUAREMBO: 2008
Supresión de Juzgados de paz rurales y de 2ª categoría. Conformación de la siguiente Comunidad Geográfica: Paz Departamental de Tacuarembó que por turno corresponda con Paz 5ª Sección Judicial de Tacuarembó (Rincón del Cerro)-
TACUAREMBO: 2008
Circ. 94/2008 DGSA (30/7/2008) Acordada 7634 del 7/4/2008.
1°.- Créase el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de 4º Turno, el que se declarará constituido el día 30/7/2008, con la misma jurisdicción y competencia de los actuales Juzgados Letrados de Primera Instancia de 2° y 3° Turnos y funcionará en la misma Oficina que el de 2º Turno.- 2°.- El Juzgado constituido por esta Acordada actuará exclusivamente en todos los asuntos de las materias civil, familia, laboral y contencioso administrativo que se inicien a partir de la fecha de su constitución y hasta el 31/3/2009, con la excepción que se establece en el artículo siguiente.- 3°.- Los casos a que refieren el artículo 5º de la Ley N° 17.514 y el artículo 66 del Código de la Niñez y la Adolescencia serán atendidos por los Señores Jueces Letrados de Tacuarembó de 2º, 3° y 4º Turnos, quienes conocerán en períodos decenales o aproximadamente decenales del primero al diez, del once al veinte y del veintiuno al último día del mes.- 4º.- A partir del 1/4/2009 los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Tacuarembó de 2º, 3° y 4º Turnos conocerán en todos los asuntos de su competencia por períodos decenales o aproximadamente decenales del primero al diez, del once al veinte y del veintiuno al último día del mes, respectivamente. El régimen de distribución de asuntos entre los tres Turnos se regirá por lo establecido en las Acordadas N° 6907 y 7126 en lo pertinente.- 5°.- Los expedientes archivados o que estén en estado de ser archivados en los Juzgados Letrados de Primera Instancia de 2° y 3° Turnos permanecerán en sus oficinas de origen y mantendrán el turno en caso de continuar la tramitación.- 6°.- Las facultades referidas en la Acordada N° 7147 serán ejercidas durante el año 2008 por el Magistrado que actualmente las detenta, continuando luego en forma anual y rotativa, tal como lo dispone la referida acordada.-
1°.- Créase el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de 4º Turno, el que se declarará constituido el día 30/7/2008, con la misma jurisdicción y competencia de los actuales Juzgados Letrados de Primera Instancia de 2° y 3° Turnos y funcionará en la misma Oficina que el de 2º Turno.- 2°.- El Juzgado constituido por esta Acordada actuará exclusivamente en todos los asuntos de las materias civil, familia, laboral y contencioso administrativo que se inicien a partir de la fecha de su constitución y hasta el 31/3/2009, con la excepción que se establece en el artículo siguiente.- 3°.- Los casos a que refieren el artículo 5º de la Ley N° 17.514 y el artículo 66 del Código de la Niñez y la Adolescencia serán atendidos por los Señores Jueces Letrados de Tacuarembó de 2º, 3° y 4º Turnos, quienes conocerán en períodos decenales o aproximadamente decenales del primero al diez, del once al veinte y del veintiuno al último día del mes.- 4º.- A partir del 1/4/2009 los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Tacuarembó de 2º, 3° y 4º Turnos conocerán en todos los asuntos de su competencia por períodos decenales o aproximadamente decenales del primero al diez, del once al veinte y del veintiuno al último día del mes, respectivamente. El régimen de distribución de asuntos entre los tres Turnos se regirá por lo establecido en las Acordadas N° 6907 y 7126 en lo pertinente.- 5°.- Los expedientes archivados o que estén en estado de ser archivados en los Juzgados Letrados de Primera Instancia de 2° y 3° Turnos permanecerán en sus oficinas de origen y mantendrán el turno en caso de continuar la tramitación.- 6°.- Las facultades referidas en la Acordada N° 7147 serán ejercidas durante el año 2008 por el Magistrado que actualmente las detenta, continuando luego en forma anual y rotativa, tal como lo dispone la referida acordada.-
TACUAREMBO: 2008
Circ. 30/2009 DGSA (31/3/2009) Acordada 7646 del 30/3/2009.
1°.- Disponer que desde el 1º/4/2009 hasta el 31/8/2009 la competencia asignada por el art. 2° de la Acordada n° 7634 de 30/7/2008 será de cargo exclusivo del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de Cuarto Turno.-
2°.- Mantener en todos sus términos lo establecido en la Acordada n° 7634, en lo que no se haya modificado por la presente.-
1°.- Disponer que desde el 1º/4/2009 hasta el 31/8/2009 la competencia asignada por el art. 2° de la Acordada n° 7634 de 30/7/2008 será de cargo exclusivo del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de Cuarto Turno.-
2°.- Mantener en todos sus términos lo establecido en la Acordada n° 7634, en lo que no se haya modificado por la presente.-
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