SEGURIDAD DE LOS LOCALES JUDICIALES

SEGURIDAD DE LOS LOCALES JUDICIALES: 1972
Circ. 37/72 SCJ A.A. 2542
Comunicación: En relación a los nuevos paros totales o parciales a partir de la fecha inclusive, dispone: a) Que los Jueces, Actuarios y Directores de servicios deben asegurar la continuidad de los mismos y preservar la seguridad de las Oficinas. B) que todas las dependencias del Poder Judicial comuniquen la nómina de funcionarios que faltan a sus tareas sin causa justificada o realizan paros totales y parciales (Reiterada por Circular 39/1972)

SEGURIDAD DE LOS LOCALES JUDICIALES 1989
Circ. 15/89 SCJ (17/3/89)
Reco­mienda ex­tremar las medidas de segur
idad de los locales judiciales en lo referente al acceso a los mis­mos fuera de los hora­rios de atención al público, debiendo cum­plirse es­trictamente el artículo 200 del Reglamento Ge­neral de Ofi­cinas Judiciales.-


SEGURIDAD DE LOS LOCALES JUDICIALES: 1998
Circ. 27/98 DGSA (9/9/98) .
Los Actuarios o Jefes de Oficina deberán adoptar bajo su responsabilidad, las precauciones necesarias a fin de evitar la sustracción de bienes propiedad del Poder Judicial o que pertenecen a otras personas y están depositados en las dependencias a su cargo a la orden de la autoridad competente.-. Deberán guardarse bajo llave los bienes susceptibles de sustracción, quedando las llaves en poder de los mencionados funcionarios bajo su responsabilidad. El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución se considerará falta grave.-

SEGURIDAD DE LOS LOCALES 2011
Circ. 78/2011 DGSA (1º/7/2011)
Hace saber que atento a las inspecciones efectuadas por el Banco de Seguros del Estado en varias sedes de la capital, las medidas indicadas por el mencionado organismo que se deberán adoptar, bajo la estricta responsabilidad de la Oficina Actuaria y/o jerarca, en lo que refiere a factores de riesgo de incendio.


o Algunos electrodomésticos como calentadores eléctricos para alimentos o agua caliente, colocados entre muebles de trabajo, con tendidos eléctricos colgando, deben ser eliminados.-


o Se recomienda que no se coloquen estanterías con documentación debajo de las luminarias, manteniendo una distancia no menor a un metro.-


o Las bocas de incendio deben poseer una manguera y un puntero multipropósito no pudiendo carecer de dichos elementos, las mismas en ningún caso deben estar obstruidas.-


o Las garrafas de 13 kg. Y los equipos informáticos en desuso, o para reparación, deben almacenarse separados de las estufas a gas y halógenas en lugares con algún tipo de ventilación.-


o Los sistemas de campanas y ductos de extracción deben ser limpiados semanalmente y cada 6 meses respectivamente.-

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