Circ. 11/48
Recomienda el estricto cumplimiento de L. 7690 art. 215, modificada por a. 20 L 8070/27 relativa a obligación de los Secretarios y Actuarios de Tribunales y Juzgados en materia penal de remisión mensual a la Corte Electoral de certificación de sentencias que declaran suspensión o perdida de derechos políticos o cancelación de las mismas.-
SECRETARIO DE TRIBUNALES: 1973
Circ. 48/73 SCJ (6/9/73) Acordada 4938 del 5/9/73
En el 2º numeral establece que deroga el art. 154 del RGOJ estableciéndose que los Secretarios de los Jueces escriturarán sus decretos sin necesidad de las instrucciones del Magistrado para cada caso concreto y sin perjuicio de las consultas que formulan los mismos y que estos consideren del caso evacuar.-
SECRETARIO DE TRIBUNALES: 1985
Circ. 44/85 SCJ (13/9/85) Acordada 6823:
Modifica el artículo 168 núm. 2 del. disponiendo la subrogación de los Secretarios Letrados en la forma que se establece.-
SECRETARIO DE TRIBUNALES: 1988
Circ. 13/88 SCJ del 20/4/88
En virtud de que se han devuelto a los Juzgados de origen expedientes en los cuales se dicta sentencia de 2da. instancia, antes de producirse el vencimiento del plazo legal para interponer el recurso de casación, ocasionando posteriores retrasos en el trámite, se exhorta a los Sres. Secretarios de los Tribunales de Apelaciones a no devolverlos hasta tanto no haya vencido el plazo referido.-
SECRETARIO DE TRIBUNALES 1993
Circ. 35/93 DGSA (10/11/93)
RES. 623/93/43 DE 3/11/93 - Se hace necesario precisar las funciones de los Señores Jueces y de los Señores Actuarios y Secretarios de Tribunales en lo que tiene que ver con la administración de sus respectivas oficinas. En los Considerandos de la resolución se establece 1) que los Señores Magistrados tienen a su cargo la superintendencia de sus oficinas; 2) la superintendencia implica etimológicamente vigilar, prestar atención, ejercer la dirección superior, conjunto de potestades jerárquicas que las Constitución y la Ley atribuyen a un órgano sobre todos los demás de su superintendencia:3) que salvo casos excepcionales, el Superintendente, por razones de buen orden administrativo NO DEBE ejercer directamente la administración del servicio y de sus recursos; 4) que la administración en forma inmediata, esta a cargo de los Señores Actuarios y Secretarios de Tribunal en sus funciones de directores de las oficinas y de sus recursos materiales y humanos; 5) que la relación funcional con el personar debe canalizarse siempre a través del Actuario o Secretario, siendo inconveniente al buen orden jerárquico, la relación directa Funcionario-Juez, salvo en situaciones excepcionales a juicio del Magistrado, en que sea imperiosa esa vinculación: 6) El Alguacil como ejecutor de los mandatos del Juez, está directamente a la orden del Juez.- Resuelve: 1º Los Señores Magistrados, Secretarios de Tribunal y Actuarios en el ejercicio de sus funciones administrativas deberán ajustar su actuación a lo que resulta del texto integro de esta resolución, 2º) Téngase presente lo expuesto en el numeral VI de esta resolución
SECRETARIO DE TRIBUNALES 1995
Circ. 5/95 SCJ (13/2/95):
Pone en conocimiento que la Corporación ha resuelto que es responsabilidad de los Sres. Secretarios de los respectivos Tribunales de Apelaciones, la información inmediata a los integrantes de los mismos, de las comunicaciones recibidas de la Suprema Corte de Justicia.-
SECRETARIO DE TRIBUNALES: 2001
Circ. 102/2001 SCJ (12/12/2001):
Res. 725 del 10/12/2001 dispuso recordar que no se da cumplimiento por los Secretarios de los Tribunales de Apelaciones a la comunicación prevista en la parte final del art. 206 del Código General del Proceso, imposibilitándose el debido contralor de las prórrogas correspondientes.-
SECRETARIO DE TRIBUNALES: 2002
Circ. 88/2002 SCJ (25/9/2002) Acordada 7465 DEL 23/9/2002 -
Nuevo procedimiento para solicitar autorización de ejercicio de la docencia para funcionarios que ocupen cargos de Magistrado, Secretario y Prosecretario Letrado de la Corporación, Secretario, Actuario, Actuario Adjunto u otro cargo en régimen de dedicación total.-
SECRETARIO DE TRIBUNALES: 2006
Circ. 125/2006 DGSA (20/11/2006) Acordada 7581 del 15/11/2006 -
Perfil y cometidos del cargo de Secretario I de Tribunal de Apelaciones
SECRETARIO DE TRIBUNALES 2009
Circ. 123/2009 DGSA (30/10/2009) Acordada 7663 del 28/10/2009
Reglamento de Ingresos, Ascensos y Traslados para los cargos de: Secretario de Tribunal de Apelaciones, Inspector de Juzgados Letrados, Actuario, Inspector de Juzgado de Paz y Actuario Adjunto
SECRETARIO DE TRIBUNALES 2010
Circ. 128/2010 DGSA (30/11/2010) Acordada 7694 del 30/11/2010 Nuevo Reglamento de Ingresos, Ascensos y Traslados para los cargos de: Secretario de Tribunal de Apelaciones, Inspector de Juzgados Letrados, Actuario, Inspector de Juzgado de Paz y Actuario Adjunto
SECRETARIO DE TRIBUNALES 2011
Circ. 9/2011 DGSA (4/2/2011) Acordada 7695 del 2/2/2011
Nuevo Reglamento de Ingresos, Ascensos y Traslados para los cargos de: Secretario de Tribunal de Apelaciones, Inspector de Juzgados Letrados, Actuario, Inspector de Juzgado de Paz y Actuario Adjunto ( el art 634 de la Ley n° 18.719 de 27/12/2010 establece el aumento de grado 13 a 14 del cargo de Inspector de Juzgados de Paz; asimismo el mencionado artículo prevé la transformación de cargos de Actuario Adjunto en Actuario de Juzgado de Paz, pasando del grado 12 al 13 en el escalafón II “Profesiona)
SECRETARIO DE TRIBUNALES 2011
Circ. 60/2011 DGSA (25/5/2011) Acordada 7704 del 20/5/2011 Nuevo Reglamento de Ingresos, Ascensos y Traslados para los cargos de: Secretario de Tribunal de Apelaciones, Inspector de Juzgados Letrados, Actuario, Inspector de Juzgado de Paz y Actuario Adjunto
SECRETARIOS 2012
Circ. 114/2012 DGSA 25/9/2012
Reitera la vigencia de la Acordada 7066 - Subrogaciones: Régimen de subrogaciones en ca¬sos de li-cencias de Magistrados, Secretarios De Tribunales, Actuarios y Actuarios Adjuntos, Secretarios de Juzgados Letrados.-
SECRETARIO
DE TRIBUNALES 2013
Circ.
105/2013 DGSA (26/8/2013) Acordada 7773 del 26/8/2013
Nuevo
Reglamento de Ingresos, Ascensos y Traslados para los cargos de:
Secretario de Tribunal de Apelaciones, Inspector de Juzgados
Letrados, Actuario, Inspector de Juzgado de Paz y Actuario Adjunto.
SECRETARIO
DE TRIBUNALES: 2013
Circ. 1472013 DGSA (25/10/2013) Acordada 7780
del 25/10/13
Modifica los literales a y b del art. 10 de la
Acorada 7773 – Ver Ascensos
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