PERITOS VETERINARIOS

PERITOS VETERINARIOS:1985 
Circ. 68/85 SCJ (5/12/85) A. A. 1207:
Peritajes agrí­colas, nota presen­tada por la Asociación de Ingenieros Agrónomos del Uru­guay a fin de que se cumpla ca­balmente el art. 3 de la Ley 9550 que establece la exclu­siva competencia de los ve­terinarios y agrónomos en perita­jes y tasaciones judicia­les y adminis­trativas, en materia ganadera, agrí­cola y ra­mas anexas.-

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