MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS: 1991
Circ. 68/91 SCJ (18/10/91)
Se hace conocer Decreto del M.T.O.P referente a los casos de expropiaciones que se radican en sede judicial estableciendo un nuevo mecanismo en el sentido de que las tasaciones de las propiedades serán efectuadas en unidades reajustables a la fecha del avalúo; la compensación al propietario será equivalente a la suma de unidades reajustables en que se tasó convertidos en moneda nacional; cuando los procedimientos expropiatorios se radiquen en sede judicial, los depósitos pertinentes se realizarán en el B.R.O.U. en dólares americanos equivalentes a la cantidad de unidades reajustables fijadas en la tasación.-
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