LETRADOS DE CONCURSOS: 2001
Circ. 18/2001 SCJ (27/3/2001) Acordada 7419 del 23/3/2001:
1°) Transforma los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Civil de 21° y 22° Turnos en Juzgados Letrados de Primera Instancia de Concursos de 1° y 2° Turnos. Los juzgados mencionados en primer término funcionarán hasta el día 23/4/2001 inclusive. 2°) Declara constituidos a partir del día 24/4/2001 los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Concursos de Primer y Segundo Turnos, los que funcionarán con una única oficina, la actual de los juzgados transformados y dentro del marco competencial establecido por la ley 17.292.
2001 Circ. 26/2001 SCJ (18/4/2001) Acordada 7425 del 18/4/2001. Modifica el Num. I lit. A) lit. c) del Instructivo del art. 4º de la Acordada 7419.-
LETRADOS DE CONCURSOS: 2003
Circ. 11/2003 SCJ (6/3/2003)
Por imperio de lo dispuesto por el art. 41 lit b) de la Ley Nº 17613 se deberá previamente a cualquier diligencia o movimiento de expedientes comprendidos en dicha norma, declinar jurisdicción ante el Juzgado Letrado de Concursos que corresponda, A esos efectos la remisión se realizará a través de la Oficina de Recepción y Distribución de Asuntos, previa coordinación con ésta, quien procederá a la respectiva redistribución cuando su sistema informático lo permita.-
Circ. 18/2001 SCJ (27/3/2001) Acordada 7419 del 23/3/2001:
1°) Transforma los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Civil de 21° y 22° Turnos en Juzgados Letrados de Primera Instancia de Concursos de 1° y 2° Turnos. Los juzgados mencionados en primer término funcionarán hasta el día 23/4/2001 inclusive. 2°) Declara constituidos a partir del día 24/4/2001 los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Concursos de Primer y Segundo Turnos, los que funcionarán con una única oficina, la actual de los juzgados transformados y dentro del marco competencial establecido por la ley 17.292.
2001 Circ. 26/2001 SCJ (18/4/2001) Acordada 7425 del 18/4/2001. Modifica el Num. I lit. A) lit. c) del Instructivo del art. 4º de la Acordada 7419.-
LETRADOS DE CONCURSOS: 2003
Circ. 11/2003 SCJ (6/3/2003)
Por imperio de lo dispuesto por el art. 41 lit b) de la Ley Nº 17613 se deberá previamente a cualquier diligencia o movimiento de expedientes comprendidos en dicha norma, declinar jurisdicción ante el Juzgado Letrado de Concursos que corresponda, A esos efectos la remisión se realizará a través de la Oficina de Recepción y Distribución de Asuntos, previa coordinación con ésta, quien procederá a la respectiva redistribución cuando su sistema informático lo permita.-
LETRADOS DE CONCURSOS: 2009
Circ. 11/ Acordada 7643 del 11/2/2009: 2009 DGSA (13/2/2009)
1°.- Que los recursos de apelación contra las sentencias de primera instancia dictadas por los Juzgados Letrados de Concurso de Primer y Segundo Turno, serán atendidos por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Segundo Turno.- 2°.- Dicho Tribunal será liberado de doble número de expedientes provenientes de otras materias.- 3º.- Cométese a la Dirección General de los Servicios Administrativos tomar las medidas necesarias para los cambios en el sistema informático.-
Circ. 11/ Acordada 7643 del 11/2/2009: 2009 DGSA (13/2/2009)
1°.- Que los recursos de apelación contra las sentencias de primera instancia dictadas por los Juzgados Letrados de Concurso de Primer y Segundo Turno, serán atendidos por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Segundo Turno.- 2°.- Dicho Tribunal será liberado de doble número de expedientes provenientes de otras materias.- 3º.- Cométese a la Dirección General de los Servicios Administrativos tomar las medidas necesarias para los cambios en el sistema informático.-
LETRADOS DE CONCURSOS: 2009
Circ. 153/09 Acordada 7670 del 16/12/2009: 2009 DGSA
1º.- Ampliar la Acordada nº 7643 del once de febrero de 2009, incluyendo los recursos de apelación contra las sentencias de primera instancia dictadas por los Juzgados Letrados de Primera Instancia del Interior competentes en materia concursal, los que también serán atendidos por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Segundo Turno.-
2º.- Se mantiene la vigencia de la Acordada nº 7643.-
LETRADOS DE CONCURSOS: 2015
Circ. 19/2015 Acordada 7833 del 2/3/2015: DGSA
1°.- Que a partir del 1° de abril de 2015 los
recursos de apelación contra las sentencias de primera instancia dictadas por
los Juzgados Letrados de Concurso de Primer y Segundo turno y por los Juzgados
Letrados de Primera Instancia del Interior competentes en materia concursal,
serán atendidos por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Séptimo turno.-
2º.- Dicho Tribunal será liberado del doble número
de expedientes provenientes de otras materias.-
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