INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY (INAU)

INAU: 2005
Circ. 15/2005 DGSA 8/3/2005
Planteamiento efectuado por el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) respecto a la necesidad de coordinar acciones entre ambos organismos de acuerdo al Código de la Niñez y Adolescencia.

INAU: 2005
Circ. 114/2005 DGSA (24/10/2005)
Ante el planteamiento efectuado por el Instituto del Niño y del Adolescente, referente al cumplimiento de la ley N° 17.743, en el sentido que se estaría entregando mercadería incautada, a instituciones que no revisten naturaleza de Organismo Público. La referida disposición legal confiere potestades al tribunal interviniente en actuaciones judiciales derivadas de posibles infracciones aduaneras, de entregar dicha mercadería en forma directa y gratuita a los Organismos Públicos que allí se mencionan, expresando: “Los bienes de referencia serán necesariamente destinados a uso y consumo de los Organismos nominados”.-

INAU: 2007
Circ. 60/2007 DGSA (11/6/2007)
Conforme a la normativa legal y reglamentaria vigente (art. 71 de la Ley Nº 17.738 de 7/1/04 y Decreto Nº 67/05 de 18/2/05), surge que las actuaciones de los profesionales que representan al Instituto de la Niñez y de la Adolescencia del Uruguay (INAU) encuadran dentro de la hipótesis de exoneración de aporte del timbre profesional y de la vicésima.-

INAU: 2007
Circ. 76/2007 DGSA 31/7/2007
Se dispuso por resolución Nº 57/07 de fecha 25/7/2007, reiterar el numeral 3º de la circular 45/94 de fecha 7/6/94, el que a continuación se transcribe:
“3º Recomendar a los señores Jueces de Paz del Interior que cuando intervengan en situaciones de urgencia en materia de menores, se ciñan estrictamente al marco legal (art. 379, Ley Nº 16.320), sin adoptar decisiones de otra naturaleza”.-

INAU: 2009
Circ. 32/2009 DGSA (31/3/2009)
Hace saber nota del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, que comunica la celebración del Día Nacional de la Adopción el día 16 de abril de cada año invitando a actividades que se desarrollaran en esa fecha.-

INAU: 2012
Circ. 48/2012 DGSA 11/5/2012
Hace saber que el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay por Res. 947/2012 de 28/3/2012 designó como miembros de la Comisión Delegada del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (SIRPA) a los Sres. Tec. Ruben Omar Villaverde Obelar (cmo Presidente) Mtro. Robert Asur Alonso Machin y Sr. José María Mieres Visillac.-

INAU: 2012
 Circ. 166/2012 DGSA (11/12/2012)    
Para las Juzgados Letrados con competencia en Adolescentes Infractores: De MV de la SCJ se reitera el estricto cumplimiento de las disposiciones de la Acordada nº 7236 de 29/7/1994 comunicada por Circular Nº 54 de la misma fecha y art. 95 del CNA, en lo referente a la remisión de fotocopia certificada del expediente cuando dispongan su internación fuera de su jurisdicción. Se hace saber que en el audiencia preliminar se debe fijar fecha del dictado de la sentencia en el plazo legal. También que en las comunicaciones al INAU vinculadas con el cese de medidas cautelares e debe indicar con precisión el día de vencimiento para proceder a la desinternación de los adolescentes. Y se exhorta a coordinar con las dependencia del INAU los traslados a las sedes judiciales con la mayor precisión posible de forma de optimizar la utilización de los medios materiales de este organismo.-


INAU: 2013
Circ. 133/2013 DGSA (8/10/2013)       
Nota del INAU: “.. ante la imperiosa necesidad de ajustar los procedimientos institucionales frente a la reciente aprobación de la ley nº 19.092 que introduce modificaciones al CNA en materia de adopciones. Al respeto y a fin de posibilitar un mejor cumplimiento de los cometidos del Departamento de Adopciones de este Instituto, es que se solicita que todas aquellas comunicaciones y/o resoluciones adoptadas por los Juzgados de Familia de turno y Especializados, que refieran a situaciones de adopciones o condiciones de adoptabilidad, sean derivadas directamente a dicho departamento via fax a los telefonos: 22084630 – 22098273 – 22007737.

INAU: 2014 
Circ. 48/2014  21/4/2014 DGSA      

Planteo formulado por el INAU en cuanto a las donaciones de prendas de vestir, cursando Oficio 7159/2014.-


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