AUTORIDAD CENTRAL

AUTORIDAD CENTRAL: 1986
Circ. 63/86 SCJ (11/8/86):
Los exhortos que el Poder Judicial libre a au­toridades jurisdiccionales extranjeras, vía Autoridades Centrales, cuando no esté previsto por Tratado la comuni­cación directa entre el tribunal exhortante y la Autori­dad Central, serán recibidos por el Poder Ejecutivo a través del Minis­terio de Educación y Cultura, en tanto Autoridad Central. Los exhortos que por vía Autoridad Central reciba el Ministerio de Educación y Cultura, cuando no esté pre­vista por Tratado la conexión directa entre la Autoridad Central y el tribunal exhortado, serán enviados directa­mente por el Ministerio de Educación y Cultura a la Suprema Corte de Justicia.-

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