AUTORIDAD CENTRAL: 1986
Circ. 63/86 SCJ (11/8/86):
Los exhortos que el Poder Judicial libre a autoridades jurisdiccionales extranjeras, vía Autoridades Centrales, cuando no esté previsto por Tratado la comunicación directa entre el tribunal exhortante y la Autoridad Central, serán recibidos por el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación y Cultura, en tanto Autoridad Central. Los exhortos que por vía Autoridad Central reciba el Ministerio de Educación y Cultura, cuando no esté prevista por Tratado la conexión directa entre la Autoridad Central y el tribunal exhortado, serán enviados directamente por el Ministerio de Educación y Cultura a la Suprema Corte de Justicia.-
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