ACTIVIDAD GREMIAL

ACTIVIDAD GREMIAL: 1985
Circ. 55/85 SCJ (16/10/85):
Comunicación representantes gremiales: Las
Ofici­nas Ju­diciales deberán comunicar el nombre de sus represen­tantes gremiales. Recomienda a los mencionados representantes y a los Jerarcas de las Ofici­nas en las que prestan servicios establecer los medios oportu­nos para que, sin que se obstaculice la labor de los dele­gados gremiales, se evite que se perjudique el funciona­miento eficaz de los servicios; consultando a la Suprema Corte de Justicia cuando dichos acuerdos no pu­dieran obte­nerse
.-

ACTIVIDAD GREMIAL: 1995

Circ. 12/95 DGSA (16/3/95)
Fueros sindicales: Reglamenta la actividad gremial de los
funcio­narios ju­diciales que ocupan cargos sindicales. Establece quié­nes gozarán de los fueros sindicales.- Derechos y obli­gaciones
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ACTIVIDAD GREMIAL: 2006

Circ. 114/2006 DGSA 26/10/2006)
Descuentos: Res. 520/06.- 1°.-
Hágase saber a la totalidad de los funcionarios judiciales que, a partir de la presente resolución, el ejercicio de derechos gremiales y/o la adhesión a medidas que aparejen el abandono total o parcial del cumplimiento de las tareas, será descontado en forma proporcional a ese abandono.- 2º.- Los jerarcas de oficinas deberán comunicar estos hechos, bajo su más estricta responsabilidad dentro de los primeros 5 (cinco) días hábiles de cada mes, y en forma habitual. Para ello deberá efectuar el control del libro de asistencia, que reflejará fehacientemente el cumplimiento del servicio por parte de la totalidad de los funcionarios. Dichas comunicaciones deberán ser enlegajadas en forma reglamentaria.- 3°.- Cometer a División Servicios Inspectivos
que, en ocasión de la realización de inspecciones, deberá controlar las comunicaciones efectuadas por adhesión a medidas gremiales.-

ACTIVIDAD GREMIAL: 2007

Circ. 38/2007 DGSA (2/5/2007).-
Reiterar la circular Nº 114/06 de fecha 26/10/2006, respecto a los descuentos por abandono de tareas en el ejercicio de derechos gremiales.-
Atento a que se ha constatado la realización de asambleas en el pasado mes de marzo y en virtud de que, salvo algunas excepciones, no se recibieron en nuestra División Contaduría las comunicaciones correspondientes, hace saber que, es de estricta responsabilidad de los jerarcas de oficina comunicar las
inasistencias parciales o totales de los funcionarios, por abandono de tareas en el ejercicio de derechos gremiales, dentro de los primeros 5 (cinco) días hábiles de cada mes, y en forma habitual.-

ACTIVIDAD GREMIAL: 2010
Circ. 76/2010 DGSA 12/8/2010.-
Descuentos: Recuerda lo dispuesto por resº 520/06 de 26/10/2006, comunicada por circular nº 114/06 de fecha 26/10/2006, respecto a los descuentos por abandono de tareas en el ejercicio de derechos gremiales.- A tales efectos y en virtud de las escasas comunicaciones de concurrencia a asambleas y/o adhesión a paros que se recibieron, en nuestra División Contaduría, le hacemos saber que es de estricta responsabilidad de los jerarcas de oficina, comunicar las inasistencias parciales o totales de los funcionarios, por abandono de tareas en el ejercicio de derechos gremiales, dentro de los primeros 5 (cinco) días hábiles de cada mes, y en forma habitual.-



ACTIVIDAD GREMIAL: 2010
Circ. 124//2010 DGSA del 17/11/2010 “Resolución SCJ nº 760/10
Montevideo, 17/112010.-I) la nota presentada por la AFJU, por la que plantea que, en oportunidad de la realización de medidas gremiales por parte de los funcionarios administrativos y auxiliares, algunos Jueces no realizaron distintas tramitaciones, como la expedición de partidas de nacimiento o dispusieron la suspensión de audiencias; II) que asimismo manifiesta, la referida Asociación, que dichas conductas por parte de los señores Magistrados desprestigian al Poder Judicial y hacen responsables a los trabajadores de situaciones que los jerarcas tienen la obligación de resolver, en virtud de no encontrarse comprendidos en dichas medias gremiales;
Se resuelve: 1°.- Reiterar a la totalidad de Magistrados y Técnicos que, en oportunidad de la realización de medidas gremiales por parte de funcionarios, deberán agotar todos los medios para atender en la mayor medida posible los asuntos prioritarios y las audiencias señaladas.- 2°.- Líbrese circular”.-


ACTIVIDAD GREMIAL : 2010
Circ. 79/2010 DGSA 20/8/2010.- En atención a la notoria situación de irregular funcionamiento en que se encuentran las oficinas judiciales, en cumplimiento de medidas gremiales, recuerda que: _ las oficinas deberán permanecer abiertas, realizando todas sus tareas habituales (recepción de escritos en general, oficios, etc.) a los efectos de asegurar el funcionamiento del servicio; _ comunicar en forma inmediata a la SCJ, en caso de producirse la ocupación del lugar de trabajo, bajo la más estricta responsabilidad de los jerarcas de oficina.-

ACTIVIDAD GREMIAL : 2010
Circ. 80/2010 DGSA 20/8/2010.-.- Disponer que, a partir de la presente resolución, serán descontados los haberes de la totalidad de los funcionarios judiciales, de las oficinas donde se produzca la paralización de los servicios, con excepción de los escalafones I y Q, en todas las oportunidades que, en ejercicio de derechos gremiales y/o adhesión a medidas, aparejen el abandono total o parcial del cumplimiento de las tareas, salvo comunicación en contrario, en relación a los funcionarios que no adhirieron a las medidas.-
.- Los jerarcas deberán reflejar diariamente en el libro de asistencias la forma del cumplimiento del servicio por parte de la totalidad de los funcionarios, así como deberán, bajo su más estricta responsabilidad, efectuar las comunicaciones previstas en el numeral anterior.-
.- Cometer a División Servicios Inspectivos el contralor del efectivo cumplimiento de esta resolución.-8


ACTIVIDAD GREMIAL : 2011
Circ. 28/2011 DGSA (21/3/2011)
A partir de la fecha, la DGSA, no tramitará las comunicaciones que, respecto de fueros sindicales, se reciban de la Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay.- A tales efectos se informa que cada funcionario que haya gozado de fuero sindical, entregará a su jerarca la comunicación correspondiente, la que tendrá validez firmada por el Secretario General de la Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay.- La DGSA, llevará un legajo de las referidas comunicaciones, por lo que cada oficina podrá corroborarlo cuando lo entienda pertinente.-


ACTIVIDAD GREMIAL : 2011
Circ. 114/2011 DGSA (19/9/2011)
Reitera a los Señores Jerarcas de las oficinas del Poder Judicial, la vigencia de lo dispuesto por la resolución nº 86/95, comunicada por circular 12/95, de 16/3/95, que a continuación se transcribe: “...VISTOS Y CONSIDERANDO: I) la necesidad de reglamentar las facilidades a que alude el art. 6º del Convenio Internacional 151 adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, aprobado por Ley 16.039 de 23/6/1989; II) que dicha reglamentación se hace necesaria a fin de armonizar la libertad sindical y la protección de derecho de sindicación con el funcionamiento eficaz del servicio; III) que, por resolución de la Corporación nº 700/92, de 7/8/92, se cometió a la Comisión designada a tales fines, formular un proyecto concreto de resolución; IV) que de fojas 23 a 24 luce el proyecto solicitado, al que presta conformidad la Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay; V) que a fojas 25 se propone agregar una disposición que estipule que los funcionarios judiciales sólo pueden faltar a su trabajo usufructuando los fueros sindicales hasta una tercera parte de los días hábiles del mes, punto éste al que la Asociación de Funcionarios plantea discrepancias; VI) que la Corporación a fin de dar cumplimiento al inciso 1 del art 6º del Convenio Internacional nº 151, aprueba el proyecto referido, sin el agregado expresado en el numeral anterior; ATENTO: a ello; se resuelve 1º.- Gozarán de fueros sindicales: a) los funcionarios miembros titulares del Consejo Ejecutivo de la Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay; b) los delegados que le representen ante C.O.F.E y P.I.T.-C.N.T (dos funcionarios por cada una de las organizaciones); c) Los que ejercen funciones de coordinación en zonas del interior del país, cuyo número no será mayor de seis.- La Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay, deberá comunicar a la DGSA, y a los Jerarcas respectivos la nómina de los funcionarios comprendidos en el numeral precedente, dentro de los quince días subsiguientes a la celebración del acto eleccionario y dentro de las 48 horas antes de cada reunión, o en su caso dentro de las 48 horas de su nombramiento, la nómina de los funcionarios comprendidos en los numerales 2º y 3º. Asimismo deberá comunicarse dentro de los mismos plazos toda variación en las nóminas de funcionarios comprendidos en los tres numerales precedentes.- 2º.- Podrá gozar de fuero sindical eventual, el funcionario designado para representar el gremio judicial ante un evento o circunstancia determinada, estando obligada la Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay a comunicar, lugar, día y hora del evento, así como todos los datos individualizantes de dicho funcionario; esa comunicación se deberá efectuar a la DGSA y al Jerarca que corresponda dentro de las 48 horas antes de cada evento.- 3º.- Los funcionarios que gocen de fuero sindical están obligados a registrar en el Libro de Asistencia de sus respectivas oficinas, las horas que están ausentes, expresando los motivos.- 4º.- Líbrese Circular...”


ACTIVIDAD GREMIAL : 2013
Circ. 17/2013  DGSA (25/2/2013)
Pone en conocimiento la Res. Nº 84/13/3 de la SCJ en acuerdo con la DGSA la cual resuelve disponer que, a partir del presente acto resolutivo si de adoptaren medidas gremiales que supongan disminución o incumplimiento de tareas por parte de los funcionarios, se procederá a descontar de su salario en forma proporcional y por el término que duren las medidas.-

ACTIVIDAD GREMIAL : 2015
Circ. 46/2015  DGSA (6/5/2015)           
Pone en conocimiento las Res. De la SCJ Nº 287, 288 y 289/2015 por las cuales las oficinas deberán comunicar exclusivamente los funcionarios que adhirieron a las medidas gremiales establecidas por cada Asociación (Noviembre 2014 a Marzo 2015)

ACTIVIDAD GREMIAL: 2016
Cir 35/2016 (31/3/16) Acordada 7865 del 30/3/2016        
Aprueba el Estatuto del Funcionario Judicial.-

Artículo 26. (Libertad sindical. Derechos colectivos).- Declárase de conformidad con los artículos 57, 72 y 332 de la Constitución de la República, con los Convenios Internacionales del Trabajo n° 87, sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación; 151, sobre las relaciones de trabajo en la Administración Pública, y 154, sobre la negociación colectiva, con los artículos 8° a 13° de la Declaración Sociolaboral del MERCOSUR, y con la Ley n° 18.508 del 26 de junio de 2009, que los funcionarios comprendidos en el presente Estatuto, tienen derecho a la libre asociación, a la sindicalización, a la negociación colectiva, a la huelga y a la protección de las libertades sindicales.-





2 comentarios:

javier dijo...

Mi nombre Javier Martínez Oyhenard número de cobro 2874, funcionario del Juz.Let.de 1era.Inst.de 2do.Turno de Flores.
ME DIRIJO A LA DIRECTIVA DEL SINDICATO:
Tengo 41 años como funcionario judicial, en el momento hace tiempo que estoy con licencia médica, y es por este medio que quisiera preguntar lo siguiente:
Puede haber alguna posibilidad de que el BROU que tiene muy buena reserva de dinero se haga cargo de pagarnos la deuda y en su momento se cobre del estado con los intereses que la misma genere a la fecha, quisiera saber si es viable y lo han manejado.-
Saluda a Uds.atte. Javier Martinez ( jemo9@hotmail.es )

javier dijo...

SEÑORES DIRECTIVA AFJU
Montevideo

Mi nombre es Javier Ernesto MARTINEZ OYHENARD número de cobre 2874 funcionario del Juz.Let.de 1era.Inst. 2do.Turno de Flores.

Me dirijo directamente a ustedes debido a que hace más de un años que me encuentro con licencia médica, para preguntar si han estudiado la posibilidad de plantear que el pago de la deuda lo haga el BROU ( como es sabido cuenta con muy buenas reservas ) y el banco a su debido tiempo cobra la misma a nuestro deudor con los interese generados a esa fecha,.

Saluda a Ud.atte. Javier E.Martínez