ACUMULACIÓN DE FUNCIONES Y SUELDOS: 2002
Circ. 39/2002 DGSA-
Tramitación: Dispone que todo funcionario que ingrese al Poder Judicial y tenga otra remuneración proveniente del sector público, al tomar posesión del cargo deberá tramitar por única vez la Acumulación de Funciones y Sueldos, utilizando el formulario correspondiente.-
Circ. 39/2002 DGSA-
Tramitación: Dispone que todo funcionario que ingrese al Poder Judicial y tenga otra remuneración proveniente del sector público, al tomar posesión del cargo deberá tramitar por única vez la Acumulación de Funciones y Sueldos, utilizando el formulario correspondiente.-
ACUMULACIÓN DE FUNCIONES Y SUELDOS: 2009
Circ. 35/2009 DGSA
la Oficina Nacional del Servicio Civil ha solicitado que todo funcionario al momento de iniciar el trámite de Acumulación de Sueldos de Funciones Públicas deberá realizar una Declaración Jurada.- Por tal motivo, al iniciar el referido trámite en División Recursos Humanos se deberá presentar obligatoriamente la siguiente documentación: formulario correspondiente a la Acumulación de funciones y sueldos; comprobante del Organismo público donde conste la identificación del mismo, cargo que ocupa, horario que cumple, total de horas semanales, fecha de ingreso, sello y firma; Declaración jurada de la Oficina Nacional del Servicio Civil (completa y firmada).- La no presentación de alguno de los documentos mencionados, así como el proporcionar información incompleta, impedirá que se pueda continuar con la solicitud de Acumulación de sueldos y funciones con las consecuencias personales que ello conlleva.- A tales efectos se adjunta la Declaración Jurada correspondiente, que en caso de ser necesario deberá ser reproducida e integrarse al manual de trámites de la División Recursos Humanos, el cual fue distribuido y se encuentra disponible en todas las oficinas judiciales.-
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