AUDIENCIAS

AUDIENCIAS
1948 Circ. 21/48 SCJ –
Recomienda a los Jueces Instructores máxima diligencia para tomar declaración a los lesionados o enfermos, o para constatar personalmente la imposibilidad de obtener tales deposiciones.-

AUDIENCIAS: 1986
Circ. 7/86 DGSA (15/12/86):
Hace saber que se ha realizado un contrato con la Asocia­ción de Sordomudos del Uruguay, a los efectos de que esta Institu­ción provea de intérpretes gestuales para que co­laboren con los declarantes sordos, mudos o sordomudos en las au­diencias judiciales en Montevideo.-

AUDIENCIAS: 1987
Circ. 35/87 SCJ (24/8/87)
Recomienda a los Señores Actuarios que, al disponer el señala­miento de audiencias para la recepción de la prueba testimo­nial, fi­jen para cada testigo, en forma sepa­rada, la hora en que se proyecta recibir su declara­ción, asi­mismo se re­comienda a los Actuarios de la materia penal que cuando deban prestar declaración funcionarios poli­ciales, por hechos de su pro­fesión, se les otorgue prioridad, den­tro de lo posible en la recepción de sus testimonios.-

AUDIENCIAS: 1990
Circ. 50/90 SCJ (17/7/90)
Reco­mienda a los Sres. Jueces que las audiencias se celebren estric­tamente a las horas predetermina­das, debiéndose colocar anuncios vi­sibles que in­diquen ese propósito.-

AUDIENCIAS: 1990
Circ. 54/90 SCJ (1/8/90)
Reco­mienda a los Jueces presentarse a las audiencias vestidos con el debido decoro y tratar con del de­bido res­peto a los sujetos del proceso evi­tando el tuteo.-

AUDIENCIAS: 1991
Circ. 22/91 SCJ (12/4/91) Acor­dada 7101 del 12/4/91
Comunicación de los Tribuna­les de Apelaciones a la SCJ del número total de expedientes a estudio de los Mi­nistros el último día del mes anterior y el nú­mero total de expedientes para sentencia a la misma fecha, así como el número de sentencias dictadas durante di­cho mes. Los demás Juzgados que tramitan bajo la vigencia del C.G.P. deberán comunicar a la Corpo­ración las audiencias cele­bradas y sentencias dic­tadas en mes anterior. Se indicará el tipo de au­diencia. Se deberá también acompañar una copia de la agenda del Tribunal con las audiencias fija­das.-

AUDIENCIAS: 1991
Circ. 49/91 SCJ (13/8/91)
Nor­mas a aplicar en casos de situaciones de violen­cia que se presenten en el desarrollo de las au­diencias.- Recuerda el art. 45 C.P.P. (competencia de urgen­cia) y el art. 177 del C.P. (omisión de los fun­cionarios en proceder a de­nunciar los delitos).-

AUDIENCIAS: 1992
Circ. 76/92 SCJ (8/12/92) Acor­dada 7167 del 7/12/92:
Copias y actas de audiencias: 1º.- A partir de la presente Acordada las providencias y actuaciones manuscritas de los expedientes se acompañarán de copias mecanografiadas, debidamente autenticadas. La copia indicada en el artículo anterior, no se incorporará al expediente, y en su caso se remitirá en forma separada. 2º.- En la hipótesis de actuaciones ya cumplidas, en procesos que deban ser elevados a conocimiento de otro Tribunal se deberá proceder, en lo posible, conforme a lo establecido precedentemente. 3º.- Recomiéndase a los señores Magistrados, la incorporación a las actas relativas a las audiencias, y en forma sucinta, de todos los elementos que permitan una cabal comprensión por parte de quienes eventualmente deban entender en las causas en segunda instancia o casación.

AUDIENCIAS: 1993
Circ. 12/93 SCJ (18/3/93)
Se reco­mienda comunicar a la Suprema Corte de Justi­cia el total de audiencias convo­cadas (su natura­leza) y el resultado de las que fueron celebra­das.- Se advierte que el correcto cumplimiento de los arts. 4º y 5º de la Acordada 7101 debe reali­zarse dentro de los plazos fijados (arts. 1º y 2º) y su no cumplimiento será observado especialmente por la Corporación.-

AUDIENCIAS: 1993
Circ. 25/93 SCJ (7/5/93)
Reco­mienda a los Magistrados la asistencia a sus ofi­cinas los días hábiles y la realización de las au­diencias que correspondan entre las 13 y 18 horas por lo menos.-

AUDIENCIAS: 1993
Circ. 89/93 SCJ (27/10/93)
Rei­tera lo dispuesto por Circ. 12/93 SCJ.-

AUDIENCIAS: 1994
Circ. 26/94 SCJ (15/4/94)
Se reco­mienda comunicar el total de audiencias convo­cadas (su naturaleza) y el resultado de las que fueron celebradas.-

AUDIENCIAS: 1995
Circ. 55/95 SCJ (12/9/95)
Hace saber que cuando el Actuario no se encuentra pre­sente en la audiencia, por así haberlo enten­dido conve­niente el señor Juez, no debe firmar el acta res­pectiva, pues no se puede obligar a dar fe de un hecho que no se presenció. La firma del Juez es de por sí suficiente para autenticar el acta. El Ac­tuario que no concurre a la au­diencia no tiene el deber de suscribir el acta, pues en tal situación no cumple ninguna función específica de las que le incumben según las normas legales y reglamentarias actuales.-

AUDIENCIAS: 1995
Circ. 43/95 DGSA (18/9/95)
Ad­junta modelo de formularios para la relación de sentencias y la relación de audiencias, los que deberán solicitarse a Proveeduría. Obligación de llevar un legajo con las copias de dichos formula­rios.-


AUDIENCIAS: 1996
Acordada 7297 SCJ (27/9/96)

Establece que las fechas de las audiencias o de cualquier tipo de señalamiento que deba ser notificado en el domicilio se fijarán con antelación suficiente para la práctica de la notificación respectiva y la actuación se entregará a quien deba efectuar la notificación al menos 10 días hábiles antes de le fecha señalada. Si no mediare dicho plazo, las actuaciones serán devueltas para el debido cumplimiento de lo dispuesto antes. En ningún caso se efectuará una notificación con menos de 24 horas de anticipación a la fecha de la audiencia o señalamiento. Esta Acordada regirá para todas las notificaciones reguladas en el Capitulo II de la Acordada 7150 de 10/6/92. En el caso del inc. 2º del art. 4º de dicha Acordada el plazo será de 5 días.- 1999: Circ. 57/99 SCJ (19/8/99) Reitera su cumplimiento, transcribiéndola.-

AUDIENCIAS: 1997

Circ. 68/97 SCJ (27/10/97)
Ante el planteamiento formulado por abogados radicados en el Interior de la República y que tramitan asuntos en las Sedes Judiciales de la Capital, la Suprema Corte de Justicia ha dispuesto recomendar a los Tribunales de Montevideo que mediante el libramiento de fax o llamada telefónica se sirvan poner en conocimiento de dichos profesionales las audiencias suspendidas por no haber sido notifica­das con tiempo suficiente.-

AUDIENCIAS:1997
Circ. 71/97 SCJ (27/10/97) Acordada 7339 del 20/10/97:
Comunica­ciones de Relacionados de Sentencias y Audiencias a División Planeamiento y Presupuesto.-

AUDIENCIAS: 1998
Circ. 20/98 SCJ (31/3/98) Acordada 7352 del 27/3/98
Ratifica la entrada en vigencia de la Acordada 7339 relativa a Relacionados de Audiencias y de Sentencias, así como a los Libros de Audiencias y Sentencias que deben confeccionar todos los Tribunales del País e enviar a División Planeamiento de Presupuesto, debiéndose realizar las respectivas comunicaciones en los formularios enviados al efecto.-

AUDIENCIAS: 1999
Circ. 10/99 SCJ (1/3/99) Acordada 7368 del 1/3/99.
1º) Cuando se realicen audiencias por la Suprema Corte de Justicia, las personas que concurran a las mismas como partes, profesionales, testigos o público deberán vestir en forma acorde con la trascendencia de tales actos. 2º) Lo dispuesto en el numeral anterior deberá ser transcripto en las correspondientes cédulas citatorias. 3º) Encomiéndase el control del cumplimiento de la presente a la Secretaría Letrada de la Suprema Corte de Justicia, la que podrá prohibir el ingreso a Sala de las personas que no se presenten en forma acorde a lo aquí dispuesto.

AUDIENCIAS: 1999:
Circ. 27/99 SCJ (28/5/99)
Reitera a los Magistrados que tanto las partes como el Ministerio Público, pueden incorporarse a las audiencias, aunque éstas hubieran dado comienzo, conforme entre otros, al artículo 339.6 del Código General del Proceso.-


AUDIENCIAS: 1999
Circ. 56/99 SCJ (17/8/99) Acordada 7378 del 9/8/99       

Reglamenta el régimen de citaciones a audiencia de Conciliación previa.- Elementos mínimos que obligatoriamente debe contener.- 2000 Circ. 13/2000 SCJ 21/3/2000) Acordada 7390 del 20/3/2000  - Complementa la Acordada 7378 del 9/8/99 estableciendo las formas en que se notificará al citado el respectivo señalamiento.-


AUDIENCIAS: 2000
Circ. 13/2000 SCJ (21/3/2000)  Acordada 7390 del 20/3/2000        

Complementa la Acordada 7378 del 9/8/99 estableciendo las formas en que se notificará al citado el respectivo señalamiento.-

AUDIENCIAS: 2001:
Circ. 48/2001 SCJ (12/6/2001) Acordada 7430 del 11/6/2001
Establece que al comienzo del acta de cada audiencia se deberá hacer constar la hora real de inicio de la misma. En caso de que entre la hora fijada para el comienzo de la audiencia y la hora real de su inicio mediara una diferencia mayor de media hora, deberá asentarse en el acta la causa de la demora.-

AUDIENCIAS: 2002
Circ. 8/2002 SCJ (13/2/2002) Acordada 7447 del 13/2/2002
Ajusta el régimen de remisión a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de las comunicaciones dispuestas por las Acordada 7339 y 7352 .-

AUDIENCIAS: 2002:
Circ. 37/2002 SCJ (25/4/2002) Acordada 7453 del 24/4/2002
Amplia la Acordada 7430 estableciendo que la Dirección de Servicios Inspectivos deberá examinar especialmente su cumplimiento e informar en consecuencia.-

AUDIENCIAS: 2002
Circ. 50/2002 DGSA 2/12/2002:
De acuerdo a sugerencias de División Servicios Inspectivos y en virtud de las dificultades económicas del Poder Judicial, en carácter de transitorio y hasta nueva resolución, se resuelve entre otras: Prohibir en forma absoluta la duplicación de las actas de audiencias, no formando legajos de copias de estas actas.-

AUDIENCIAS: 2003
Circ. 14/2003 SCJ (12/3/2003)
Suspende el envío de los relacionados mensuales en soporte magnético o correo electrónico previsto por el numeral 2º lit c) de la Acordada 7447 del 13/2/2002 referido a Juzgados con competencia CGP y con sistema de gestión de juzgados.- El resto de los Juzgados deberán continuar realizando el envío.-

AUDIENCIAS: 2003
Circ. 79/2003 SCJ (6/10/2003)
Recomienda a los Magistrados el es­tricto cumplimiento de lo preceptuado en el art. 7º de la ley 15982. En aquellos casos en que se prevea la afluencia de mucho público que supere la capacidad locativa de las salas de audiencia, deberá solicitarse con la debida antelación el uso de las instalaciones del CEJU-

AUDIENCIAS: 2003
Circ. 86/2003 SCJ 4/11/2003) Acordada 7493 del 3/11/2003:
1º) Dispone que la Oficina Actuaria de las Sedes penales de Turno de la Capital deberá dejar constancia de la hora exacta de recepción de los memorando. 2º) El horario de trabajo de Jueces, Actuarios y receptores, a partir del día 17 de noviembre del año en curso (2003), comenzará a las 8:oo horas, debiendo practicarse los señalamientos en forma escalonada.-

AUDIENCIAS: 2004
Circ. 7/2004 DGSA (17/2/2004)
Aquellas Oficinas jurisdiccionales que posean o se les instalen en el futuro, un segundo monitor en las salas de audiencias, deberán controlar su correcto funcionamiento, bajo la responsabilidad de la Oficina Actuaria, así como su ubicación en lugares que permitan la lectura del acta por las parte y los abogados.-

AUDIENCIAS: 2008
Circ. 16//2008 DGSA (26/2/2008) Acordada 7618 del 18/2/2008
En el marco de la política estratégica denominada “Implementación de un mecanismo de seguimiento de duración de los procesos”, se dispone ajustar y modernizar el régimen vigente en materia de remisión de información estadística sobre sentencias y audiencias por parte de las distintas sedes judiciales a División Planeamiento y Presupuesto. Deroga la Acordada 7447 de 13/2/2002 con excepción de las derogaciones dispuestas en su art. 10.-
División Servicios Inspectivos deberá controlar los registros que reglamenta la presente Acordada

AUDIENCIAS: 2008
Circ. 17//2008 DGSA (26/2/2008)
Adjunta formularios e instructivo respecto del nuevo régimen sobre relevamiento de información estadística sobre procesos concluidos y sobre la obligación de llevar el Libro de Sentencias.

AUDIENCIAS: 2010
Circ. 17//2010 DGSA Acordada 7618 del 23/2/2010
Por Mandato Verbal de la SCJ se dispuso suspender el envío de los relacionados estadísticos sobre sentencias y audiencias dispuesto por el numeral 2º de la Acordada n° 7618, de fecha 18 de febrero de 2008, para el caso de los Juzgados de Paz Departamentales, Juzgados de Paz de Ciudad, 1ª y 2ª Categoría y Rurales.- Sin perjuicio de la suspensión del envío, se mantiene vigente en todos sus términos la Acordada mencionada por lo que los Juzgados de Paz de todas las categorías en el Interior del país deberán continuar escriturando los formularios de Relacionados de Sentencias Definitivas e Interlocutorias y Relacionados de Audiencias y causas de suspensión de las convocadas, y formando un legajo y/o registro anual que será exhibido a División Servicios Inspectivos en ocasión de sus visitas, según lo establecido en los artículos 3º y 6º de la Acordada n° 7618.

AUDIENCIAS: 2009
Res. SCJ 743/09/38 (30/10/09) Dispone que los señalamientos de audiencias que realicen los Juzgados Letrados de Familia Especializados se realizarán en forma escalonada, en tres tandas: 13:30, 15:00 y 16:30 horas.-

AUDIENCIAS: 2010
Circ. 113//2010 DGSA del 28/10/2010
De acuerdo a lo solicitado por el Colegio de Abogados del Uruguay, dispuso autorizarle la instalación de un segundo monitor en las salas de audiencia, así como el recambio del ya existente en caso de ser necesario.- Asimismo, se pone en su conocimiento que deben permitir la utilización de dichos monitores.-

AUDIENCIAS: 2010 
Circ. 124//2010 DGSA del 17/11/2010 “Resolución SCJ nº 760/10
Montevideo, 17/112010.-

I) la nota presentada por la AFJU, por la que plantea que, en oportunidad de la realización de medidas gremiales por parte de los funcionarios administrativos y auxiliares, algunos Jueces no realizaron distintas tramitaciones, como la expedición de partidas de nacimiento o dispusieron la suspensión de audiencias; II) que asimismo manifiesta, la referida Asociación, que dichas conductas por parte de los señores Magistrados desprestigian al Poder Judicial y hacen responsables a los trabajadores de situaciones que los jerarcas tienen la obligación de resolver, en virtud de no encontrarse comprendidos en dichas medias gremiales;

Se resuelve: 1°.- Reiterar a la totalidad de Magistrados y Técnicos que, en oportunidad de la realización de medidas gremiales por parte de funcionarios, deberán agotar todos los medios para atender en la mayor medida posible los asuntos prioritarios y las audiencias señaladas.- 2°.- Líbrese circular”.-

AUDIENCIAS: 2012
Circ. 70/2012 DGSA del 28/6/2012
Hace saber que la SCJ de acuerdo a lo convenido oportunamente con el Colegio de Abogados del Uruguay, dispuso autorizar la instalación de monitores de su propiedad en las salas de audiencias. En consecuencia se reitera que los mismos sean puestos en funcionamiento al comienzo de la audiencia y se exhorta, cuando sea posible, mantener las puertas cerradas con llaves de la sala, en Horario de atención al público, a fin de evitar posibles hurtos.-

AUDIENCIAS: 2012
Circ. 109/2012 DGSA del 20/9/2012
De MV de la SCJ se dispuso que cuando comuniquen a la Corporación, la prórroga de audiencia única en materia laboral, deben comunicar la fecha del señalamiento de la audiencia y la fecha para la cual se prorrogó


AUDIENCIAS: 2013
Circ. 113/2013 DGSA 2/9/2013           
De acuerdo a lo convenido oportunamente con el Colegio de Abogados del Uruguay, se dispuso autorizar el relevamiento de monitores de su propiedad en las salas de audiencias de las sedes que corresponda. El mismo será efectuado por el Sr. Daniel Jordan, titular de la cédula de identidad 4602957-7 en coordinación con nuestra División Informática.-

AUDIENCIAS: 2014
 Circ. 15/2014 DGSA (24/2/2014) Acor­dada 7790 del 19/2/14.-      
VISTOS Y CONSIDERANDO: La necesidad de instrumentar medidas que permitan superar los inconvenientes derivados del cúmulo y superposición de diligencias instructorias dispuestas durante los Turnos de los Juzgados Letrados de Adolescentes  de la Capital, con la consiguiente demora en la iniciación de las audiencias y prolongados lapsos de espera a los que a menudo se ven sometidos denunciantes, testigos, profesionales y demás personas no sujetas a medidas restrictivas de libertad.-


ATENTO: A lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 239 ordinal 8º. de la Constitución de la República y artículo 55 numeral 6 de la Ley Nº 15.750: LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA RESUELVE: 1º) Dispónese que la Oficina Actuaria de los Juzgados Letrados de Adolescentes de Turno de la Capital deberá: A) Dejar constancia de la hora exacta de recepción de los memorando y b) Comenzar el Juzgado su horario de trabajo por parte de los Señores Jueces, Actuarios y receptores, a las 8: horas, a partir del día 10 de marzo de 2014 debiendo practicarse los señalamientos en forma escalonada.-

3 comentarios:

Administrador dijo...

Buenas tardes, yo tuve una audiencia el 8 de mayo del 2014 a las 13hs en el juzgado de Lavalleja Minas, era la primer audiencia por la perdida injusta de mi bebe al momento de su nacimiento, me lo dejaron morir, siendo que yo fui con el vivo. Era la priemr audiencia penal que teniamos, nunca fue a las 13 hs, paso a ser a las 15 y 30hs. Fue muy raro todo, nunca la jueza se sento en el escritorio. Me habian dicho que no necesitaba ir con nuestro abogado, pero nuestro abogado igual fue.Cuando me llamaron entre junto a mi abogado, alli leyeron la denuncia que habiamos presentado, en ausencia de la jueza. Mi abogado pidio para ver los resultados de la investigacion realizada por el ITF. En ese momento entró la jueza y dijo que si, que lo leyera y me comunicara a mi lo que habia dictaminado el ITF, que ella se iba porque tenia otro caso para atender. Es correcto todo esto? Yo me senti más triste aun, solo buscamos justicia por la muerte de nuestro hijito. Solo pedimos respeto, pero fue muy duro enfrentar todo esto, porque hace un año y poquito que me dejaron sin mi bebito Matias y todavia parece que nada importa. Capaz estoy equivocada y es correcto todo esto, pero no entiendo nada. Desde ya muchas gracias y disculpe la molestia. Como estuve leyendo y vi que tiene mucho conocimiento al respecto por eso le consulto. Saludos. Claudia García. Yo tengo un blog sobre lo que nos paso. ayudaatiempo.blogspot.com

Unknown dijo...

Estimada Claudia:
Gracias por su consulta y por su comentario. Realmente es muy triste lo que le ha ocurrido, la pérdida de un hijo es muy doloroso para una madre. Entiendo su dolor y su preocupación. Debo expresarle que mi trabajo en el blog sólo se trata de una recopilación y transcripción de normas que normalmente regulan la actividad de la Oficina Judicial y la de sus integrantes. Sepa comprender que no puedo emitir una opinión al respecto, pero sí aconsejarla que si Ud. tiene un profesional que la asesora y la respalda, confié en él y que aplique todos sus conocimientos en busca de algo muy querido por Ud que es saber la verdad y que se haga justicia. Mis atentos saludos. Mario Delgue

Administrador dijo...

Muchas gracias por responder a mi consulta. Realmente lo que más deseo en este mundo es justicia por lo que hicieron con mi bebe, le consulte al respecto porque cuando fuimos al juzgado senti que lo que pasó con mi Matias fue algo secundario para ellos, pero la vamos a seguir peleando.
Saludos y muchas gracias otra vez.