COMITÉ DE INFORMATICA 2014
Circ. 45/2014 DGSA
Circ. 45/2014 DGSA
"Resolución
S.C.J. n° 251/14 Montevideo, 7 de abril de 2014.-
I°.- Suprimir la Unidad Ejecutora del Programa de
Fortalecimiento del Sistema Judicial Uruguayo (PROFOSJU).-
2º.- Créase el Comite de Informática (COMIN) el que
estará integrado por un Ministro de la Suprema Corte de Justicia, el Director
General de los Servicios Administrativos, el Director de División Informática y
el Director de División Tecnología, cuyos cometidos serán oficiar de nexo y
asesorar a la Suprema Corte de Justicia en los temas informáticos.-
3º) Disponer que la Unidad Administradora de
Notificaciones Electrónicas (UANE), con sus actuales cometidos y funciones,
pasará a depender jerárquicamente de la Oficina Central de Notificaciones y
Alguacilatos (OCNA).-
4º- Créase la Unidad de Análisis Funcional (UNAFU),
dependiente del Comite de Informática, cuyos cometidos serán:
a)
impulsar y coordinar actividades de mejora de gestión relativas al
funcionamiento de Tribunales y Juzgados en lo referente a los sistemas
informáticos y sus procesos;
b)
proponer la actualización, mejora y/o creación de los sistemas informáticos
relativos al área jurisdiccional, necesarios por las modificaciones de las
normas y reglamentaciones vigentes;
c)
integrar los grupos de trabajos que se conformaren para efectuar los
requerimientos y/o funcionalidades en los sistemas existentes o a desarrollar;
d)
ejercer las funciones de soporte funcional de los sistemas informáticos del
área jurisdiccional., de acuerdo al nivel que se establezca para cada sistema o
solución informática;
e)
capacitar, en coordinación con SECAP, en el uso y funcionamiento de los
sistemas informáticos del area jurisdiccional existentes o de aquellos a
implantarse.-
5°.- Delegar en la División Tecnología (DITEC) la
coordinación del funcionamiento de la UNAFU.-
6º.- La
Dirección General de los Servicios Administrativos deberá adoptar las medidas
necesarias a efectos de dar cumplimiento a la presente.-
7º Modifíquese la Acordada Nº 7523 en lo pertinente
y deróganse todas las normas que se opongan a la presente resolución.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario