DISPOSITIVO CIUDADELA: 2013
Circ. 123/2013 DGSA 23/9/2013
Por Mandato Verbal de fecha 19/8/2013 aprobó el
informe del Grupo de Trabajo designado a los efectos de estudiar la utilidad
del Dispositivo Ciudadela para la labor jurisdiccional de los Magistrados con
competencia en materia Penal, Familia, Familia Especializada y Adolescentes de
los Departamentos de Montevideo y Canelones y de Ciudad del Plata del
departamento de San José.-
Son
cometidos del Dispositivo Ciudadela:
a)
Proporcionar información sobre los servicios y programas existentes para
usuarios problemáticos de drogas, en particular en Montevideo y zona
metropolitana.
b)
1) Atender a las personas con adicción o consumo problemático de drogas que le
sean derivadas por los Juzgados Letrados de Adolescentes, Familia, Familia
Especializada y Penal, y realizar un diagnóstico primario de su situación para
derivarlas al centro de atención sanitaria más conveniente a su situación, a
efectos de su tratamiento y rehabilitación.
2)
Realizar un seguimiento y control del proceso de tratamiento y recuperación de
las personas derivadas por el Poder Judicial.
3)
Reportar a los magistrados competentes en Adolescentes, Familia, Familia
Especializada y Penal sobre el proceso de tratamiento y rehabilitación de las
personas que le fueran derivadas por éstos.
c)
Brindar asesoramiento integral a niños, niñas, adolescentes y adultos con
consumo problemático de drogas.
d)
Proporcionar apoyo y orientación a sus familias y/o referentes socio afectivos.
e)
Atender en una primera instancia los casos derivados o de consulta espontánea
de usuarios con consumo problemático de drogas que cuenten con cobertura de la
Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) o instituciones de
asistencia médica colectiva (IAMC).
f)
Establecer una aproximación diagnóstica de la situación de los referidos
usuarios y coordinar la derivación a otros nodos de la Red de Atención a
Usuarios Problemáticos de Drogas.
g)
Brindar servicio de atención telefónica a través de telefonía fija y celular
durante las 24 horas de todos los días del año.
Los Magistrados de los Juzgados Letrados de
Adolescentes podrán ordenar el tratamiento compulsivo de
adolescentes infractores con adicción o consumo problemático de drogas
derivándolos al Dispositivo Ciudadela, junto con las medidas de arresto
domiciliario, libertad asistida o vigilada que correspondieren, y podrán
solicitar informe al Dispositivo Ciudadela sobre los avances en el tratamiento,
siempre que el mismo haya sido ordenado. Desde el Dispositivo se han
comprometido a hacer llegar el informe técnico al magistrado en el plazo que
solicite, antes del dictado de la sentencia.-
Los Magistrados de los Juzgados Letrados de Familia
y Familia Especializada, al momento de dictar decisión, podrán
derivar al Dispositivo Ciudadela a niños/as, adolescentes o adultos con
adicción o consumo problemático de drogas, para que desde allí se realice la
coordinación necesaria para su tratamiento y rehabilitación en los centros de
atención sanitaria.-
Los Magistrados de los Juzgados Letrados de materia
Penal, al procesar o excarcelar provisionalmente a una persona con adicción o
consumo problemático de drogas, podrán ordenar su tratamiento compulsivo como
medida alternativa y/o sustitutiva de la privación de libertad derivándola al
Dispositivo Ciudadela. Desde el Dispositivo Ciudadela se han comprometido a
informar al magistrado, en coordinación con la Oficina de Supervisión de
Libertad Asistida (O.S.L.A), sobre cómo siguió su tratamiento y rehabilitación
la persona derivada.-
El
Dispositivo Ciudadela funciona en la ciudad de Montevideo, en la calle Eduardo
Víctor Haedo nº 2046 esq. Martín C. Martínez, y los teléfonos de contacto son
*1020 (para acceder en forma gratuita desde cualquier celular) y 2409 33 41
(línea exclusiva para coordinaciones técnicas). Los oficios de derivación podrán
ser remitidos al Dispositivo Ciudadela al fax 2 409 33 41, a la casilla de
correo electrónico dispositivociudadela@gmail.com o por correo común a la
dirección Víctor Haedo 2046, debiendo contener un teléfono de contacto de la
persona derivada para que pueda ser convocada a entrevista con el Equipo
Técnico del Dispositivo.
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