Circ. 20/85 SCJ (10/7/85):
Fija el horario de atención al público y el que deben cumplir los funcionarios.-
HORARIO: 1987
Circ. 13/87 DGSA (8/8/87)
Régimen de 8 horas optativo establecido por el artículo 4to. de la Rendición de Cuentas.-
HORARIO: 1987
Circ. 22/87 DGSA (4/8/87) :
Modifica el artículo 171 Fija el horario de atención al publico y el que deben cumplir los funcionarios.-
HORARIO: 1987
Circ. 24/87 DGSA (12/8/87):
Hace referencia al momento en que se debe cumplir el periodo de descanso determinado por el artículo 171.-
HORARIO: 1987
Circ. 32/87 DGSA (9/12/87) :
Modifica el artículo 171. Fija el horario de atención al público y el que deben cumplir los funcionarios.-
HORARIO: 1988
Circ. 29/88 DGSA (7/10/88)
Principales disposiciones que regulan la asistencia y control de horario de los funcionarios del Poder Judicial.- arts. 80, 85, 171, 173, 175, 179 del Reglamento General de Oficinas Judiciales y art. 10 de la Acordada 5014.-
HORARIO: 1989
Circ. 19/89 DGSA (11/10/89)
Informe del Asesor Letrado sobre el usufructo de las 3 horas mensuales por motivos particulares por parte de funcionarias que gozan de medio horario por lactancia.-
HORARIO: 1991
Circ. 6/91 DGSA (19/2/91)
Modifica art. 171 núm. 1, 2 y 3 y fija nuevo horario de atención al público y el que deben cumplir los funcionarios.-
HORARIO: 1991
Circ. 29/91 DGSA (5/8/91)
Modifica art. 171 núm. 1, 2 y 3 y fija nuevo horario de atención al público y el que deben cumplir los funcionarios.-
HORARIO: 1993
Circ. 88/93 SCJ (27/10/93)
Modifica art. 171 núm. 1, 2 y 3 en lo relativo al inicio de los horarios en invierno y en verano.-
HORARIO:1997
Circ. 26/97 DGSA (8/5/97)
Hace saber el horario de atención al público de la Tesorería del Poder Judicial.-
HORARIO: 2002
Circ. 64/2002 SCJ (16/7/2002) Acordada 7457
del 16/7/2002:
Horario de atención al público en materia de violencia
doméstica: ARTICULO
2°.r Horario: Durante los días hábiles el horario de atención al público sera el establecido con carácter general
para Ias Oficinas Judiciales. Los
días sábados, domingos y feriados el horario de atención al publico será
de 9:00 a 11 :00 horas
HORARIO: 2003
Circ. 86/2003 SCJ (4/11/2003) Acordada 7493 del 3/11/2003:
1º) Dispone que la Oficina Actuaria de las Sedes penales de Turno de la Capital deberá dejar constancia de la hora exacta de recepción de los memorando. 2º) El horario de trabajo de Jueces, Actuarios y receptores, a partir del día 17 de noviembre del año en curso (2003), comenzará a las 8:oo horas, debiendo practicarse los señalamientos en forma escalonada.-
HORARIO: 2004
RES. 595/04/33 DGSA (8/11/2004)
1º.- Los Actuarios de los Juzgados Letrados de 1ª Instancia en lo Civil, de Montevideo, atenderán las consultas de los profesionales y público en general, todos los días hábiles, en el horario vespertino de 13 a 15 horas y en el horario matutino de 8 a 10 horas. Lo dispuesto no impide que en casos debidamente justificados a juicio del Actuario, se atenderá fuera de los horarios establecidos.-
HORARIO: 2005
Circ.90/2005 DGSA (26/8/05) Acordada 7556
Régimen horario de los Defensores de Oficio: “1°.-Declárase con carácter general que el régimen horario de permanencia mínima en sus Oficinas de los señores Defensores de Oficio de todo el país, es el mismo para todos ellos, con independencia del régimen de dedicación total o no en el que se encontrare cada uno.- “
HORARIO:2006
Circ. 48/2006 DGSA (30/5/2006)
De acuerdo al Plan de Ahorro de Energía Eléctrica, se dispuso que las oficinas del Poder Judicial funcionen de 12:30 a 18 horas hasta nuevo aviso y mientras se mantengan las actuales restricciones energéticas. También se hace saber que se mantiene el horario de atención al público es de 13:00 18:00 horas.
HORARIO:2006
Circ. 49/2006 DGSA (31/5/2006)
Complementa y aclara lo comunicado por Circulares Nº 47 y 48.-
HORARIO:2006
Circ. 100/2006 DGSA (28/9/2006)
Se dispuso que a partir del día lunes 2 de octubre del corriente año, los funcionarios del Poder Judicial restablecerán su horario normal de labor el que será de 12:30 a 18:45 horas.-
HORARIO:2008
Circ. 45/2008 DGSA (18/4/2008)
De acuerdo al Plan de Ahorro de Energía Eléctrica, puesto en marcha por el Poder Ejecutivo, dispuso que a partir del lunes 21 de los corrientes (21/4/2008), las oficinas del Poder Judicial funcionarán de 12.30 a 18 horas.- Asimismo se hace saber que el horario provisorio se reduce para los funcionarios, manteniéndose la atención al público de 13.00 a 18.00 horas, extendiéndose en los casos en que las audiencias fijadas se prolongan más allá de ese horario
HORARIO:2008
Circ. 118/2008 DGSA (7/10/2008)
Se dispuso dejar sin efecto todas las medidas restrictivas que fueran comunicadas por circulares nros. 5/2008, 43/2008 y 45/2008 de fechas 23/1/08, 14/4/08 y 18/4/08 respectivamente, a partir del día miércoles 8 de octubre del corriente año, fecha en que los funcionarios del Poder Judicial deberán reanudar su horario normal de labor el que será de 12:30 a 18:45 horas
HORARIO:2009
Circ. 61/2009 DGSA (2/6/2009)
De acuerdo al Plan de Ahorro de Energía Eléctrica instrumentado por el Poder Ejecutivo, a fin de poner en su conocimiento la plena vigencia de las medidas, las que deberán ser cumplidas en forma obligatoria: 1.- Los funcionarios del Poder Judicial deberán prestar servicios de 12.30 a 18 horas, manteniéndose el horario de atención al público de 13 a 18 horas. Los magistrados y/o funcionarios que estos determinen, podrán permanecer en las oficinas en los casos en que las audiencias fijadas se prolonguen más allá de ese horario.
HORARIO:2009
Circ. 112/2009 DGSA (29/9/2009)
De mandato verbal de fecha 28 de los corrientes, dispuso dejar sin efecto todas las medidas restrictivas que fueran comunicadas por circular nº 61/09 de fecha 2 de junio de 2009, a partir del día lunes 5 de octubre del corriente año, fecha en que los funcionarios del Poder Judicial deberán reanudar su horario normal de labor el que será de 12:30 a 18:45 horas.-
HORARIO: 2011
Circ. 129/2011 DGSA (18/10/2011))
NOTIFICAR a todas las funcionarias (técnicas, administrativas o auxiliares) que estuvieren gozando del medio horario por lactancia que, a los efectos de un correcto control de la duración del mismo, la certificación de dicho medio horario ÚNICAMENTE PUEDE REALIZARSE EN EL POLICLINICO DEL SEMM UBICADO EN EL BR. ARTIGAS 1331 ENTRE CHANÁ Y RODÓ.
HORARIO:
2011 Circ. 102/2011 DGSA (30/8/2011) Acor¬dada 7720 del 24/8/2011.
1º.- Los Magistrados de Familia Especializados, que de acuerdo a las normas citadas reciban comunicaciones los días hábiles entre las 19.00 hs. de un día y las 8.00 hs. del siguiente y durante todo el día los días inhábiles, deberán asumir como de su competencia en la urgencia, el tratamiento de la situación planteada, en forma inmediata, adoptando las medidas urgentes que sean del caso y recibiendo la o las audiencias y realizar las comunicaciones y demás diligencias que se requieran. Recién después de culminada esta instancia las derivará a su homólogo que por letra corresponda.- 2º.- En todos los casos, los Señores Jueces Letrados de 1ª Instancia de Familia Especializados de la Capital, todos los días hábiles atenderán su despacho con los asuntos sometidos a su jurisdicción y asistidos de los recursos humanos mínimos que requieran, desde las 9.00 horas hasta culminar el tratamiento de los mismos, sin que ello implique modificación en el horario de atención al público en general. En los días inhábiles el horario de atención al público será aquel en que el Magistrado de turno y sus funcionarios técnicos y administrativos, permanezcan en la sede atendiendo su agenda diaria desde la mañana.- 3º.- En atención a la misma inmediatez que se reclama de los señores Magistrados, se reitera la obligación de los Equipos Técnicos asignados a esas sedes de actuar conforme a las disposiciones del art. 9º de la Acordada nº 7535, especialmente su apartado D) en tanto establece que “...Estarán a disposición del Magistrado en las circunstancias que este lo requiera. Los fines de semana actuará el equipo técnico correspondiente al Juzgado de Turno, en horario de atención al público o en horas en que el Magistrado requiera su intervención...”.- 4º.- División Servicios Inspectivos controlará en los registros correspondientes, el cumplimiento de estas disposiciones.- 5º.- Como consecuencia de lo dispuesto se modifican en lo pertinente los art 3º ap. 2) y 4º de la Acordada nº 7535 de 7/12/2004 y los art 3º y 4º de la Acordada nº 7714 de 29/7/2011.- 6º.- Comuníquese-”
HORARIO: 2012
Circ. 52/2012 DGSA (15/5/2012)
De acuerdo al Plan Coyuntural de Ahorro Energético en el Sector Público instrumentado por el Poder Ejecutivo, a fin de poner en su conocimiento la plena vigencia de las medidas, las que deberán ser cumplidas en forma obligatoria:
1.- Los funcionarios del Poder Judicial deberán prestar servicios de 12.30 a 18 horas, manteniéndose el horario de atención al público de 13 a 18 horas. Los magistrados y/o funcionarios que estos determinen, podrán permanecer en las oficinas en los casos en que las audiencias fijadas se prolonguen más allá de ese horario.
HORARIO: 2012
Circ. 86/2012 DGSA (14/8/2012)
De acuerdo a la comunicación del Ministerio de Industria, Energía y Minería, se da por finalizado el plan de ahorro energético, ya que ha disminuido la situación de gravedad hidrológica que atravesó el país. Por tal motivo se deberá reanudar el horario normal de labor, el que será de 12:30 a 18:45 horas a partir del lunes 20 del corriente mes.-
HORARIO: 2014
Circ. 15/2014 DGSA (24/2/2014) Acordada 7791
del 19/2/14.-
VISTOS
Y CONSIDERANDO: La necesidad de instrumentar medidas que permitan superar los
inconvenientes derivados del cúmulo y superposición de diligencias
instructorias dispuestas durante los Turnos de los Juzgados Letrados de
Adolescentes de la Capital, con la
consiguiente demora en la iniciación de las audiencias y prolongados lapsos de
espera a los que a menudo se ven sometidos denunciantes, testigos,
profesionales y demás personas no sujetas a medidas restrictivas de libertad.-
ATENTO: A lo
expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 239 ordinal 8º. de
la Constitución de la República y artículo 55 numeral 6 de la Ley Nº 15.750: LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA RESUELVE:
1º) Dispónese que la Oficina Actuaria de los
Juzgados Letrados de Adolescentes de Turno de la Capital deberá: A) Dejar constancia
de la hora exacta de recepción de los memorando y b) Comenzar el Juzgado su
horario de trabajo por parte de los Señores Jueces, Actuarios y receptores, a
las 8: horas, a partir del día 10 de marzo de 2014 debiendo practicarse los señalamientos
en forma escalonada.-
HORARIO: 2014
Circ. 75/2014 DGSA (4/6/2014) Acordada 7805
del 2/6/2014.-
VISTOS:
I) la necesidad de establecer una reglamentación sobre lo dispuesto por el art.
96 del Código General del Proceso en el marco del sistema de plazos perentorios
e improrrogables establecido en la referida norma procesal; II) que corresponde distinguir el horario de
atención al público, del horario de funcionamiento interno de la oficina
judicial; III) que resulta de interés para el Colegio de Abogados de Uruguay
que se recuerde a los Magistrados lo dispuesto por el referido artículo,
referido al tema de funcionamiento de las oficinas judiciales en días de cierre
parcial;
ATENTO: a lo expuesto, á lo
dispuesto por los artS. 239 inc 2 de la Constitución de la República, 55 num.
6° de la Ley n° 15.750, 95 y 96 del CGP, con las modificaciones de la Ley n°
19.090 y 171 del Reglamento General de Oficinas Judiciales modificado por
Resoluciones 11°S. 868/91, comunicada por Circular 29/91 de 5 de agosto de 1991
y 188/93, comunicada por circular 88/93 de 27 de octubre de 1993;
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA RESUELVE:
1º- De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 171
del Reglamento General de Oficinas Judiciales modificado por Resoluciones nºs.
868/91 de 2 de agosto de 1991 y 188/93 de 16 de marzo de 1993, en todas las
reparticiones del Poder Judicial regirá el siguiente horario de atención al público:
de 13 a 18 horas a partir del segundo lunes del mes de marzo de cada año y de 8
a 13 horas a partir del segundo lunes del mes de diciembre de cada año.- 2°.- Se considerará día hábil a los efectos
de la realización de los actos procesales, aquél en el cual funcionen las
oficinas judiciales y se atienda al público en los horarios previstos en el
artículo que antecede o en un horario no inferior a cuatro horas, atento a lo
que surge del art. 96.1 del CPG.- 3º.-
Serán horas hábiles todo el horario de funcionamiento de la oficina de acuerdo
con lo dispuesto por el art. 96.2 del CGP, que comprende, tanto el horario de
atención al público como las horas de trabajo interno de la oficina, que
dependerá de la especialidad en las diversas materias y las necesidades del
servicio.- 4°.- A los efectos de la práctica de diligencias judiciales se
considerarán horas hábiles las comprendidas entre las siete y las veinte horas
(art. 96.3 del CGP).- 5°.- Los escritos judiciales se presentarán, en la
oficina judicial y dentro del horario de atención al público (art. 96.4 del
CGP), venciendo los plazos en el último momento hábil del referido horario del
día respectivo.-
HORARIO: 2014
Circ. 109/2014 DGSA (25/7/2014)
La DGSA del Poder Judicial, en virtud de lo
dispuesto por mandato verbal de la SCj, de fecha 17/7/14, libra la presente, en
atención a que los funcionarios judiciales en régimen de 40 horas semanales
tienen derecho a un descanso de 48 horas, a fin de solicitar se informe a la Dirección General, en relación a
los Escalafones II a VI, qué mecanismos implementarán para que quienes cumplan
funciones en días sábados y/o domingos, usufructúen dicho descanso en la misma
proporción sin que implique perjuicio para el servicio.-
HORARIO:
2014
Circ.
3/2015 DGSA (2/2/2015)
La DGSA cumple en librar a Ud. la presente a fin de
llevar a su conocimiento que el Poder Judicial se encuentra abocado a la
implantación de un nuevo sistema de registro y control horario el que se llevará
adelante mediante la instalación de relojes biométricos (huella dactilar).
Dicha implantación se desarrollará en varias etapas.
En una primera etapa se pondrán en funcionamiento
los relojes biométricos con el objetivo de sustituir el actual Libro de
Asistencia. Para ello, se registrarán las huellas dactilares de todos los funcionarios en el
reloj de la sede, permitiendo de esta manera que el sistema se encuentre plenamente
operativo, cuando comience a utilizarse.
División Recursos Humanos informará a las oficinas
la fecha en que la empresa contratada a tales efectos se presentará en el
Edificio y se seguirá el siguiente procedimiento:
1) el Jerarca de la Oficina dispondrá la presencia
de todos los funcionarios en el día y hora indicada, en el lugar donde se encuentren
los técnicos de la empresa contratada a fin de proceder a la registración de
las huellas dactilares;
2) aquellos funcionarios que, trabajando en
Montevideo, por razones extraordinarias no pudieran estar presente en la fecha
establecida, deberán concurrir a la brevedad a División Recursos Humanos (San
José 1092, ler. Piso) en donde se procederá a su registración en el sistema. En
el Interior, el Jerarca de la sede deberá coordinar telefónicamente y a la
brevedad con la citada División, a los mismos efectos. Los técnicos de la
empresa contratada que se encuentran autorizados para realizar la registración
de las huellas dactilares son los siguientes: Eduardo CARBAJAL (CI
4.761.995-3), Femando CARRATTINI (CI 4.428.877-7) y Federico VIDAL (CI
4.261.958-8). En el caso de producirse cambios, los mismos serán comunicados
por División Recursos Humanos.
Posteriormente y previo a la puesta en
funcionamiento del sistema, estimada para el mes de abril del corriente año,
mediante circular se reiterará la normativa vigente en cuanto al régimen horario
de trabajo de las oficinas judiciales; todo ello sin perjuicio de las
consideraciones de los horarios especiales vigentes, y los ulteriores avances
que tenderán a implantar un sistema integral de asistencia y control horario.
HORARIO: 2015
Circ.
84/2015 DGSA (2/7/15) Acordada 7844 del 20/7/2015
1º.- Derogar el numeral VI
del artículo 171 del Reglamento General de Oficinas Judiciales.- 2º.- Modificar el artículo 179 del mencionado
Reglamento, que quedara redactado de la siguiente manera: "En todas las reparticiones del Poder
Judicial, se registrará la asistencia de los funcionarios, utilizando relojes
de control, libros de asistencia y otros procedimientos aceptados. Sólo
quedarán excluidos de este control los Señores Magistrados. Los cargos que se enuncian a continuación
estarán exceptuados del control de asistencia, debiendo registrar su presencia
diariamente: Director General y Sub Directores Generales de los Servicios
Administrativos, Director Nacional de Defensorías Públicas, Director General
del Instituto Técnico Forense, Directores de División, Directores de
Defensoría, Director del Servicio de Abogacía de la SCJ, Choferes asignados al
servicio de los Señores Ministros y de los Señores Jueces Letrados de Primera
Instancia en lo Penal La Dirección
General de los Servicios Administrativos, reglamentará el contralor y vigilancia
de los procedimientos de control, así como las situaciones especiales y no
previstas en la presente.-
HORARIO:
2015
Circ.
92/2015 DGSA (31/7/15)
La
DGSA libra la presente a fin de llevar a conocimiento que, cumplida la primera
etapa de la implantación del sistema de registro y control horario mediante la
instalación de relojes biométricos (huella dactilar), se dará comienzo a la
segunda etapa que consiste en un plan de oficinas asignadas como pilotos y que
luego de la evaluación pertinente, posibilitará la implantación masiva y
definitiva del sistema en todas las oficinas judiciales del país.-
El
Plan Piloto comenzará a funcionar a partir del 10 de agosto de 2015 en las
siguientes oficinas y/o edificios: . Dirección General de los Servicios Administrativos, • División Recursos Humanos, • División informática, • Oficina
Central de Notificaciones y Alguacilatos, • Palacio de Tribunales, • Tribunales
de Apelación en lo Penal (Yí 1523), •
Centro de Justicia de Familia y Familia Especializado (Rondeau y Valparaiso), • Juzgados de Paz
Departamentales (18 de Julio y Roxlo),
•
Juzgados Letrados de Ciudad de la Costa.
El
sistema comprende a todos los funcionarios de los escalafones II a VIL Q
A
tales efectos deberá tenerse presente la reglamentación vigente en cuanto al régimen horario y control de asistencia
(art. 171 y 179, en la redacción dada por la Acordada n° 7844, comunicada por
Circular n° 84/2015, del RGOJ), sin perjuicio de las consideraciones de los
horarios especiales vigentes (Resolución n° 227/02/12 comunicada por Circular
n° 23/02).-
A
partir de la fecha antes mencionada las sedes judiciales comprendidas en el
Plan Piloto dejarán de utilizar el registro de asistencia papel p asando a
utilizar el registro informático, marcando el ingreso y egreso conforme surge
del instructivo adjunto y que también se encuentra disponible en el Portal
Corporativo (Formularios - Recursos Humanos — Instructivo Relojes).-
El
nuevo sistema, hasta tanto sea integrado a los sistemas de Recursos Humanos y
Contaduría, no implica el cese de la obligación de los jerarcas de comunicar
las inasistencias y/o llegadas tarde de los funcionarios de la sede, en la
forma reglamentaria, lo que estará respaldado y fundado en el sistema informático
que se implanta ("2.2. Administración de las marcas"), Simultáneamente, se comenzará por parte de
División Recursos Humanos la inspección remota y/o presencial de las oficinas,
a fin de corroborar la consistencia de los registros con el personal presente.
Las
incongruencias, inconsistencias y/o ausencias constatadas serán de estricta
responsabilidad de los jerarcas.-
Las
consultas deben realizarse al sector Registro y Control de Asistencia de la
División Recursos Humanos a los teléfonos: 2.903.42.63 y 1907 int.4100.-
HORARIO: 2015
Circ. 109/2015 DGSA (2/2/2015)
La DGSA cumple en
librar la presente, a fin de llevar a su conocimiento que, cumplida la primer
etapa del plan piloto, respecto a la implantación del sistema de registro y
control horario mediante la instalación de relojes biométricos, corresponde
extender dicho plan piloto a otras Oficinas de Montevideo a partir del próximo
1º de octubre del corriente año.-
En dicha fecha
comenzará a funcionar el sistema de control biométrico en las siguientes
oficinas y/o edificios: • Suprema Corte de Justicia, • Edificio de 25 de Mayo 521-523 • Edificio de San
José 1132, • Edificio de Juan Carlos Gómez 1236,• Edificio de Misiones 1469, ■
Edificio de Uruguay 1030, • Defensorias Públicas en lo Criminal, de Ejecución
Penal, de Familia, de Familia Especializada, del Trabajo y Civil.-
Se reitera que el
sistema comprende a todos los funcionarios de los escalafones II a VII, Q y R.
A tales efectos
deberá tenerse presente la reglamentación vigente en cuanto al régimen horario
(artículos 171 y 179 en la redacción dada por el Ac. 7844 comunicada por
Circular 84/2015 del ROJ).
En virtud de lo expuesto, todos los
involucrados en este sistema deberán registrar su entrada y salida en la
oficina, cumpliendo una jornada de 6 horas 15 minutos (para quienes se
encuentren en régimen de 8 horas diarias de labor). El horario será: de 12 y 30
a 18 y 45 v de 7 y 30 a 13 y 45, según corresponda, sin perjuicio de las
consideraciones de los horarios especiales vigentes (Resolución n° 227/02/12
comunicada por Circular n° 23/02).-
Los Defensores
Públicos podrán registrar su entrada o salida en cualquiera de los Juzgados de
la materia que les corresponde, sin perjuicio de la normativa vigente en cuanto
a la asistencia a los despachos.-
A partir del 1° de
octubre de 2015, las sedes judiciales comprendidas en la segunda etapa del Plan
Piloto dejarán de utilizar el regio de asistencia papel, pasando a utilizar el registro informático,
marcando el ingreso y egreso conforme surge del instructivo que se encuentra
disponible en el Portal Corporativo (Formularios - Recursos Humanos -
Instructivo Relojes).-
Este sistema, hasta
tanto sea integrado a los correspondientes de Recursos Humanos y Contaduría, no
implica el cese de la obligación .de los jerarcas de comunicar las
inasistencias y/o llegadas tarde de los funcionarios de la sede, en la forma
reglamentaria, lo que estará respaldado y fundado en el sistema informático que
se implanta (“2.2. Administración de las marcas").-
Asimismo, ante
situaciones extraordinarias (aglomeraciones y/o sobrecarga) ocurridas en los
relojes de marca biométrica sitos en la Planta Baja del Palacio de los
Tribunales, se informa que cada funcionario/a (administrativo, auxiliar o
profesional) deberá registrar su marca biométrica, preferentemente, en el reloj
instalado a tales efectos, en el piso donde funciona su propia oficina.-
Es responsabilidad
de cada jerarca el estricto cumplimiento de la presente, así como el efectuar
el control del respectivo libro electrónico el cual deberá ser corregido dentro
de los 10 días calendario, del mes siguiente.-
Igualmente, es
responsabilidad de cada jerarca el evitar que sus funcionarios abandonen la
Oficina antes de la hora de culminación del horario.-
División Recursos
Humanos continuará con la inspección remota y/o presencial de las oficinas, a
fin de corroborar la consistencia de los registros con el personal presente.
Las incongruencias, inconsistencias y/o ausencias constatadas serán de estricta
responsabilidad de los jerarcas.- Las consultas deben realizarse al sector
Registro y Control de Asistencia de la División Recursos Humanos a los
teléfonos: 2.903.42.63 y 1907 int.4100.-
HORARIO:
2015
Circ.
123/2015 DGSA (21/10/2015)
Haces saber que de acuerdo a lo dispuesto por la
SCJ, se ha instrumentado el desarrollo de un Formularlo de Encuesta para
recoger información de todos y cada uno de los funcionarios judiciales sobre el
o los horarios en que prefiere trabajar en el Poder Judicial.- El formulario de
encuesta estará disponible en formato electrónico en el Portal Corporativo para
poder ser completado por todos los funcionarios de la institución. Aquellos
funcionarios que no tengan acceso al Portal deberán completar el formulario
adjunto y remitirlo por fax a la División Recursos Humanos. En ambos casos el
plazo vence el dia viernes 13/11/ 2015.- Oportunamente se darán a conocer los
resultados de la Encuesta.
HORARIO:
2015
Circ.
138/2015 DGSA (19/11/15)
La DGSA hace saber que en virtud de lo informado por
División Recursos Humanos dando cuenta que se continúan detectando
incumplimientos en el cierre de Libros Electrónicos de Asistencia
correspondientes al Sistema de Control de Horario por marca biométrica, a fin
de reiterar a las sede la obligatoriedad de subsanar las inconsistencias
generadas en los registros de los funcionarios, a efectos de cumplir con un
correcto cierre del Libro Electrónico de Asistencia mensual de la Oficina,
asumiendo los jerarcas correspondientes las responsabilidades del caso.-
Asimismo, se recuerda a los funcionarios responsables de administrar dichos
Libros Electrónicos, que pueden consultar en manual digital disponible en el
módulo Sistema de Control de Marcas.-
HORARIO:
2015
Circ.
147/2015 DGSA (8/12/2015)
La DGSA cumple en librar la presente, a fin de
llevar a su conocimiento que, cumplidas las primeras etapas del plan piloto,
respecto a la implantación del sistema de registro y control horario mediante
la instalación de relojes biométricos, se dará comienzo a la etapa final del
mismo, para Montevideo y Canelones, incorporando en esta instancia las oficinas
que tengan instalado el equipamiento y que hasta el momento no utilizaban el
sistema.- En consecuencia, a partir del lunes 14/12/2015 las mencionadas sedes
judiciales, dejarán de utilizar el registro de asistencia -papel pasando a
utilizar el registro informático, marcando el ingreso y egreso conforme surge
del instructivo disponible en el Portal Corporativo.- Se deberá tener en cuenta
la normativa vigente y que fuera comunicada por circulares n° 92/2015, 109/2015
y 138/2015.-Las consultas deben realizarse al Sector Registro y Control de Asistencia
de la División Recursos Humanos a los teléfonos 2.903.42.63 y 1907 interno
4100.-
HORARIO:
2015
Circ.
163/2015 DGSA (22/12/2015)
Determina el
horario de recepción de drogas por parte del Departamento de Laboratorio de
Química y Toxicología del Instituto Técnico Forense, es de lunes a viernes de 9
a 12 horas, horario que se mantendrá durante el verano y que comenzó a regir el
día 14/12/2015, para su conocimiento y demás efectos.- En tal sentido, se
recuerda que dicho Departamento se encuentra instalado en la nueva sede del
CESERPE (Centro de Servicios Periciales) sita en Carlos Gardel n° 1220 pisos 3°
y 4°, de esta ciudad (tels: 2909 2098 - 2909 2255).-
HORARIO:
2016
Circ.
15/2016 DGSA (23/2/2016)
Hace saber las etapas finales de la implantación del
Sistema de Registro y Control Horario mediante la instalación de relojes
biométricos (huella dactilar), de acuerdo al cronograma que se detalla a continuación
Departamentos Colonia, Florida, Flores,
San José, Lavalleja fecha de comienzo 14 de marzo - Soriano, Río Negro,
Durazno, Paysandú, Treinta y Tres 1° de abril Salto, Artigas, Rivera, Tacuarembó
15 de abril Cerro, Largo, Rocha, Maldonado 2 de mayo. Se deberá tener en cuenta
la normativa vigente y que fuera comunicada por Circulares n° 109/2015 y
138/2015 y las consultas deben realizarse al Sector Registro y Control de
Asistencia de la División Recursos Humanos a los teléfonos 2.903.42.63 y 1907
interno 4100.- En consecuencia, a partir del 1° de junio de 2016, para todas
las sedes judiciales del país incorporadas al sistema el plan dejara de ser
piloto, continuándose con los controles por parte de División Recursos Humanos
y asumiendo los Jerarcas las responsabilidades previstas en la reglamentación
vigente.-
HORARIO:
2016
Circ.
26/2016 DGSA (2/3/2016)
Comunica que el horario de recepción de drogas por
parte del Departamento de Laboratorio de Quimica y Toxicología del ITF es de
lunes a viernes de 14 a 17 horas, horario que se mantendrá durante el invierno
y que comenzará a regir el día 14 de marzo del corriente año. En este sentido,
se recuerda que dicho Departamento se encuentra instalado en la nueva sede del
CESERPE (Centro de Servicios Periciales) sita en la calle Carlos Gardel 1220
pisos 3º y 4º de esta ciudad (tels. 2909-2098
- 2909-2255)
HORARIO: 2016
Circ. 37/2016 DGSA (4/4//16)
Circ. 37/2016 DGSA (4/4//16)
De MV de la SCJ de 16/3/2016
se de exhorta a los señores Jueces de Paz a cumplir las diligencias fuera del
horario de funcionamiento de las oficinas, salvo para los casos de urgencia o
excepción debidamente fundados, en los que se autorizaría el cumplimiento en
horario judicial.- Asimismo, se recomienda a los señores Jueces de Paz de 1ra y
2a Categoría concurrir a sus despachos, de acuerdo a la ley, por lo menos tres
horas al día.- Paralelamente, en caso de no poder presentar el escrito en el
Juzgado correspondiente se autoriza sea presentado en el Juzgado de Paz de
Ciudad o Paz Departamental más cercano a la Sede donde se tramita la causa,
debiendo este Magistrado dar cuenta a la Corporación la razón por la que
recibió el escrito.-
HORARIO: 2016
Cir 35/2016
(31/3/16) Acordada 7865 del 30/3/2016
Aprueba el
Estatuto del Funcionario Judicial.-
Artículo 5. (Jornada ordinaria de trabajo).- La
jornada del funcionario judicial en régimen de 30 horas semanales es a partir
del segundo lunes del mes de marzo de cada año de 12.30 a 18.30 (horario de
invierno) y a partir del segundo lunes del mes de diciembre de cada año de 7.30
a 13.30 horas (horario de verano) (artículo 531 de la Ley n° 15.809 del 8 de
abril de 1986).
En régimen de 40 horas semanales, a partir del
segundo lunes del mes de marzo de cada año es de 12.30 a 20.30 (horario de
invierno) y a partir del segundo lunes del mes de diciembre de cada año de 7.30
a 15.30 (horario de verano) (artículo 297 de la Ley n° 15.903 del 10 de
noviembre de 1987).
El funcionario, en régimen de 40 horas tiene derecho
a un descanso de 45 minutos que se cumplirá a partir de la hora 18.45 en el
horario de invierno y 13.45 en el de verano, debiendo permanecer a la orden
desde la finalización del descanso hasta el de la jornada laboral.-
Artículo 6. (Descanso
semanal).- El régimen de descanso semanal no deberá ser inferior a cuarenta y
ocho horas consecutivas (artículo 54 de la Constitución de la República).-
HORARIO:
2016 Circ. 932016 DGSA
(22/7/2016)
La DGSA cumple en librar la
presente, a fin de llevar a su conocimiento que se culminó la implantación del
sistema de registro y control horario mediante la instalación de relojes
biométricos (huella dactilar) en todas las sedes judiciales del pais en que así
estaba coordinado.- En consecuencia, a partir del 1° de agosto de 2016 todas
las sedes judiciales del pais incorporadas al sistema culminarán con el plan
piloto. Ello implica que el jerarca de la sede, bajo su más estricta responsabilidad
estatutaria, sin perjuicio de la delegación que pudiera haber efectuado, deberá
cerrar el libro electrónico y efectuar las comunicaciones pertinentes a las
Divisiones Recursos Humanos y Contaduría.- Se recuerda a todos los jerarcas de
las oficinas administrativas y jurisdiccionales que tienen diez (10) días
calendario al cierre de cada mes para efectuar las correcciones que pudieran corresponder,
previo al cierre automático, de todas las inconsistencias que arroja el libro
electrónico de marcas biométricas.- Las sedes deben tener presente que las
comunicaciones referentes a horas extras deben coincidir estrictamente con el
cotejo del libro electrónico.-Asimismo, División RRHH continuará con los
controles a su cargo y dará cuenta de las irregularidades constatadas a fin. de
iniciar los procedimientos
disciplinarios que pudieren corresponder, de acuerdo a la reglamentación
vigente.-
HORARIO: 2016
Circ. 101/2016 DGSA
La
DGSA, cumple en librar la presente, a efectos de recordar que a partir del
1°/8/2016, ha culminado con el plan piloto respecto al sistema de registro y
control horario mediante relojes biometricos en todas las sedes judiciales.- En
virtud de lo antes expuesto, los jerareas bajo su mas estricta responsabilidad,
deberán terror mensualmente el libro electrónico y hacer las comunicaciones
pertinentes a Division Recursos Humanos.-
Por
tal motivo resulta necesario instrumentar el régimen de la referida
comunicación y los descuentos de haberes:
1°)
Los respectivos jerarcas deberán completar el formulario "Comunicación de
incumplimiento de horarios", el que se encuentra en el Portal
Institucional, y notificar a los funcionarios a quienes corresponda descontar
haberes por tal concepto. El referido formulario deberá ser remitido a División
Recursos Humanos antes del den 10 del siguiente mes.
2°)
El descuento por incumplimiento de horarios se efectuara por el lapso de tiempo
que exceda de la hora prevista para llegadas tardes y las tres horas mensuales
por asuntos particulares, debidamente autorizadas. En cuanto el salario es la
contraprestacion del trabajo efectivamente realizado, cuando corresponda proceder
al descuento este se calculara tomando en cuenta el valor hora mensual de cada
funcionario. A via de ejemplo, a aqul funcionario que se le comunique una hora
y veinte minutos de llegada tarde le corresponderá el descuento de una hora y
veinte minutos, a su valor hora mensual, en aplicación de la Acorada n° 7855.-
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