EXPEDIENTES JUDICIALES: 1916
Acordada 494 24/5/1916
Dispone que siempre que un expediente alcance a 300 fojas, más o menos, deberán los Jueces y Tribunales, dictar las providencias del caso a fin de que se forme una segunda pieza, o las que fueren necesarias, con las subsiguientes actuaciones.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1924
Acordada 908 del 10/9/1924
Dispone que cuando los Jueces hagan referencia, en providencias que dicten, a otras extendidas en el mismo expediente de que conozcan, deberán señalar fecha y foja correspondiente a ésta última, sin perjuicio de otras indicaciones útiles.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1973
Circ. 49/73 SCJ (7/9/73) Acordada 4934 del 3/9/73
Autoriza el uso de escritura a máquina, así como impresa mediante sellos (planchas de goma) en las providencias de trámite que se dicten en los expedientes judiciales, debiendo ajustarse esa práctica a las previsiones pertinentes señaladas en el Numeral 2do. de la Acordada 1812 de 3/9/36 en cuanto a color, calidad y legibilidad de las tintas a utilizarse. El tipo de letra de los sellos o planchas a emplearse será el usual (pica, romano o medio romano), utilizado en máquina de escribir.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1974
Circ. 27/74 SCJ (25/7/74) Acordada 5029 del 24/7/74
En los asuntos de jurisdicción voluntaria y contenciosa, civiles, de hacienda y de lo contencioso administrativo, los Tribunales y Juzgados remitirán a los Sres. Fiscales, en todos los casos, los expedientes en los que se les confiera vista o traslado, dejando constancia en autos, autorizada por los Secretarios o Actuarios, de esa remisión y de su fecha. Si el Fiscal es parte del juicio, quedará notificado de la providencia que dispuso el traslado o vista sin otra formalidad que la constancia referida, en la fecha que luzca en dicha constancia. Recomienda a los Actuarios que los expedientes lleguen a las Fiscalías en la fecha de la constancia de remisión.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1980
Circ. 43/80 SCJ (30/6/80) Acordada 6552
Acordada 6552: Se establecen para todas las dependencias judiciales indicaciones sobre la forma de armar los expedientes, su caratulación, foliaturas, cosido, separación de piezas, desgloses, agregaciones, terminación del expediente, rechazo de escritos, escrituración y mecanografiado de las notas y constancias, sellos y planchas de goma, etc.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1985
Ley 15750, artículo 123, numeral 3º -
Reglamenta la exhibición de expedientes judiciales en trámite o archivados - art. 123 de la Ley 15750.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1985
Circ. Nº 61/85 SCJ (4/11/85)
Solicita se de estricto cumplimiento a la Circ. 43/80 - Acordada 6552 y que se tenga especial cuidado, en los casos en que no sea posible utilizar la escritura mecanografiada y se hagan asientos manuscritos, que ellos sean realizados en forma totalmente legible.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1986
Auto Acordado 7/86 SCJ (11/9/86) - (Circ. 3/86) (11/9/86)
Basándose en el derecho de libre acceso al expediente, se resuelve que debe permitirse la notificación en la Oficina - bajo las condicionantes que se establecen, cuando el interesado exige notificarse de una providencia no reservada, no obstante estar pendiente de devolución las actuaciones y recaudos librados a la Oficina Central de Notificaciones o a otro Juzgado para la notificación de esa misma providencia, estándose, en caso de doble notificación, a la anterior en el tiempo.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1986
Circ. 22/86 SCJ (18/4/86)
Reitera el cumplimiento de la Acordada 6552, bajo la más seria responsabilidad de las autoridades pertinentes y reproduce íntegramente su texto.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1986
Circ. 34/86 SCJ (14/5/86)
Solicita de cada una de las Sedes Judiciales y en especial de las personas encargadas de vigilar el correcto desenvolvimiento formal y material de los expedientes, que pongan el mayor celo, en cuanto a exigir que cuando se estampen en los mismos, constancias o decretos en formar manuscrita, se haga en forma clara y perfectamente legible.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1987
Acordada 6938 SCJ (27/7/87)
Resuelve comunicar a las Oficinas Actuarias de todos los Juzgados y Tribunales que se debe dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el inc. 2º del artículo 291 del C.P.C., colocando en las copias de escritos que deban entregar a las personas que notifiquen, la constancia de presentación de esas copias, con la fecha de esa presentación, suscrita por los Sres. Actuarios o Secretarios, o funcionarios que ellos deleguen al efecto, con su firma o con su rúbrica.
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1987
Circ. 38/87 SCJ (5/10/87) Acordada 6949 del 28/9/87
Todos los Juzgados de la República deberán abstenerse, en tanto no se disponga lo contrario especialmente, de remitir al Archivo Judicial los expedientes de las materias no penales con menos de 10 años de antigüedad, a partir de su terminación, y los expedientes penales que tengan menos de 20 años de antigüedad, a contar de su clausura.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1988
Circ. 11/88 SCJ (11/4/88) Acordada 6974 del 8/4/88:
Reglamenta la manera de como deben ser enviados los libros y expedientes al Archivo General de la Nación.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1988
Circ. 12/88 SCJ (20/4/88)
Recuerda que es imprescindible que en toda registración que se efectúe en expedientes judiciales, SE ANOTE LO REALMENTE OCURRIDO - objeto de la documentación, estando en ello comprendido LA EXACTITUD DE LA FECHA EN QUE SE PRODUCE.- Y se responsabiliza a los Sres. Actuarios y Actuarios Adjuntos - en cuanto autorizantes de su cumplimiento -, quedando sujetos a las responsabilidades de orden administrativo y/o penal, que virtualmente pudieran producirse de su no cumplimiento.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1988
Circ. 13/88 SCJ del 20/4/88
En virtud de que se han devuelto a los Juzgados de origen expedientes en los cuales se dicta sentencia de 2da. instancia, antes de producirse el vencimiento del plazo legal para interponer el recurso de casación, ocasionando posteriores retrasos en el trámite se exhorta a los Sres. Secretarios de los Tribunales de Apelaciones a no devolverlos hasta tanto no haya vencido el plazo referido.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1988
Res. 387/88 (5/8/88) Circ. 33/88 SCJ (8/8/88)
Hace saber que se deben adoptar las medidas eficientes necesarias para la protección de los documentos que se presenten en las Oficinas.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1988
Circ. 34/88 SCJ (16/8/88)
Recomienda se adopten las providencias necesarias para la debida custodia de los expedientes que se remitan o reciban en cada oficina y la regular documentación de esos movimientos, así como la determinación de qué funcionario es el responsable, con el debido contralor del Sr. Actuario.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1988
Circ. 35/88 SCJ (17/8/88)
Recomienda a los Magistrados el estricto cumplimiento de la Circ. 22/86, en particular en lo referente a la escrituración y mecanografiado de las notas y constancias.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1988
Circ. 41/88 SCJ (3/10/88)
Recomienda a los Sres. Magistrados el estricto cumplimiento de la Acordada 6974 referente a la forma de remisión de expedientes al Archivo General de la Nación.
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1989
artículos 102 a 109 - En varios artículos el C.G.P. reglamenta distintos aspectos formales de los expedientes judiciales y la documentación del proceso, a saber: DOCUMENTACION DE LAS AUDIENCIAS (art. 102) CONTENIDO DE LAS ACTAS (art. 103) FORMACION DE LOS EXPEDIENTES (art. 104) TESTIMONIOS Y CERTIFICADOS (art. 105) CONSULTA DE LOS EXPEDIENTES (art. 106) RETIRO DE LOS EXPEDIENTES (art. 107) ARCHIVO DE LOS EXPEDIENTES (art. 108) RECONSTRUCCION DE LOS EXPEDIENTES (art. 109)
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1989
Circ. 63/89 SCJ (2/8/89):
Nota de la Intendencia Municipal de Montevideo comunicando la resolución de que a partir del 10/7/89 no se recibirán ni se dará trámite a Oficios y o Expedientes, que no contengan el número de padrón correspondiente a la finca que motiva las actuaciones.
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1990
Circ. 13/90 SCJ (15/3/90)
Recomienda en vía administrativa el archivo de expedientes a los tres meses de su paralización cualquiera sea la fecha en que esta haya comenzado y sin perjuicio de las ulterioridades procesales que correspondieren.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1990
Circ. 21/90 SCJ (29/3/90) -
Se libra adjuntando informes del Inspector Esc. Eduardo Lay Alvez y de División de Servicios Inspectivos sobre la reconstrucción de expedientes extraviados, haciendo saber que aquellos no suponen resolución de la Suprema Corte de Justicia, sino la información sobre medidas posibles a tener en cuenta en su caso.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1990
Circ. 34/90 SCJ (15/5/90)
Hace saber a los Sres. Magistrados que debe darse cumplimiento a lo que dispone el art. 37 del Código General del Proceso referido a la ASISTENCIA LETRADA, transcribiendo íntegramente su texto.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1991
Acordada 7097 (20/3/91) artículo 7º Circ. 18/91 SCJ (1º/4/91)
Esta Acordada establece una nueva normativa sobre la tramitación de los títulos de abogados, escribanos y procuradores, deroga la Acordada 4038, y en su art. 7º dispone que los profesionales que actúen asistiendo a cualquier parte o interesado en virtud de lo dispuesto en el art. 37 del C.G.P. deberán estampar o suscribir al pie de su firma habitual en forma clara y legible su nombre completo, el titulo profesional habilitante y el numero de inscripción en la matricula, en todos los escritos en que comparezcan y en las audiencias a las cuales asistan.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1991
Acordada 7099 (12/4/91) Circ. 20/91 SCJ (12/4/91)
Reglamenta y actualiza normas sobre presentación de exposiciones y expedición de documentos que se practican en el Poder Judicial, permitiendo nuevas técnicas de impresión.
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1991
Acordada 7113 (16/9/91) Circ. 59/91 SCJ (17/9/91)
Establece que la remisión de expedientes, cualquiera sea el motivo, únicamente se documentará por constancia actuarial, que establezca dicho acto y su objeto.- Asimismo dispone que no requerirán libramiento de exhortos u oficios las comunicaciones que refieran a alguna petición para el cumplimiento de diligencias del proceso, entre tribunales que tienen una misma oficina, cumpliéndose por la Actuaria respectiva, dejándose constancia en autos.-
EXPEDIENTES JUDICIALES:
1992 Circ. 76/92 SCJ (8/12/92) Acordada 7167 del 7/12/92
Las providencias y actuaciones manuscritas de los expedientes se acompañarán de copias mecanografiadas debidamente autenticadas, dicha copia no se incorporará al expediente. Se recomienda también a los Magistrados la incorporación a las actas relativas a las audiencias y en forma sucinta, de todos los elementos que permitan una cabal comprensión por parte de quiénes eventualmente deban entender en las causas, segunda instancia o casación.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1993
Circ. 34/93 SCJ (26/5/93)
Recomienda a los Magistrados al dictar sentencia el estricto cumplimiento del art. 197 del C.G.P. especialmente en lo que tiene relación a la identificación de los autos con la mención de las partes intervinientes y demás elementos que surjan de la carátula del expediente.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1993
Circ. 35/93 SCJ (26/5/93) -
Recomienda a los Sres. Magistrados evitar determinadas omisiones constatadas en diligencias judiciales, a saber: no dejar constancia del expediente en que se está actuando, ni de la Sede que practica la diligencia, la falta de firmas y sellos por parte de la oficina.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1996
Circ. 13/96 DGSA (26/2/96)
Con referencia al retiro de expedientes en confianza por parte de los profesionales legalmente habilitados, y ante la eventualidad de que se llevan a cabo prácticas contrarias a derecho, la Suprema Corte de Justicia dispuso librar la presente a los efectos de recordar que la decisión de entrega de expedientes en confianza, es de competencia de la oficina Actuaria.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1997
Circ. 87/97 SCJ (21/11/97)
Resolución de la Corporación con el fin de evitar se afecte el interés del justiciable, determina que no será necesaria la presentación de escrito para la solicitud de desarchivo de expedientes a fin de obtener levantamiento de embargo.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1997
Circ. 90/97 SCJ (24/11/97) Acor. 7341/ 21/11/97)
Reglamentación de las exposiciones, actuaciones y expedición de documentos que se practiquen en el Poder Judicial en papel fanfold.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1997
Circ. 110/97 SCJ (24/12/97) Acordada 7347 del 24/12/97
Criterios a utilizar en la formación de piezas por separado - Ficheros.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1998
Circ. 32/98 SCJ (13/5/98) Acordada 7353 del 13/5/98
Amplía la Acordada 7341 del 21/11/97 referente a lineamientos de documentos en papel fanfold.
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1998
Circ. 47/98 SCJ (24/7/98) Acordada 7356 del 24/7/98
Modifica la Acordada 7341 del 21/11/97.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 2000
Circ. 26/2000 SCJ (11/5/2000) Acordada 7395 del 10/5/2000
Modifica la Acordada 7099 del 12/4/91 relativa a la dimensión del papel utilizado para toda exposición, actuación y expedición de documentos en el Poder Judicial.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 2001
Circ. 23/2001 SCJ (4/4/2001) Acordada 7422 del 2/4/2001.
Modifica el art. 1 lit. c) de la Acordada 7099 del 12/4/91 relativa a los márgenes que deberá cumplir toda exposición, actuación y expedición de documentos en el Poder Judicial.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 2002
Circ. 75/2002 SCJ (26/8/2002) Acordada 7460 del 23/8/2002.
Determina que toda vez que se deban remitir expedientes a oficinas, dependencias o reparticiones del Poder Judicial, aún de superior jerarquía, se prescindirá del libramiento de oficio, sustituyéndolo con una constancia actuarial en la que se determinará el motivo de la remisión, cualquiera sea éste
EXPEDIENTES JUDICIALES: 2002
Res. 429/02 DGSA 31/7/21002.
Reglamento de la distribución de expedientes de los Tribunales de Apelaciones en materia Civil, Laboral y de Familia.-
EXPEDIENTES JUDICIALES:
2003 Circ. 30/2003 DGSA (26/8/2003)
Procedimiento relativo a la implementación del Seguimiento de expedientes judiciales (SEJ) que comenzará a regir a partir del 15/9/03
EXPEDIENTES JUDICIALES: 2003
Circ. 98/2003 SCJ (2/12/2003) Acordada 7497 del 1/12/2003
Nuevo sistema de Identificación Única de Expedientes Jurisdiccionales.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 2005
Circ. 56/05 DGSA (19/5/2005)
Se dispuso que, indefectiblemente, se dé cumplimiento con lo dispuesto en la Acordada N° 7347.- A tales efectos las sedes judiciales, deberán dar cuenta a la Oficina de Recepción y Distribución de Asuntos, la formación de piezas por separado.- Asimismo, se les comunica a las sedes informatizadas con el S.G.J. (Sistema de Gestión de Juzgados), que cuentan con la opción “Informe a ORDA para Balance de Carga” en dicho sistema; por lo que de forma sencilla pueden acceder al listado de todas las piezas formadas en un período determinado, para luego comunicarlo a la ORDA.-
EXPEDIENTES JUDICIALES:2006
Circ. 108/2006 DGSA (9/10/06)
En el marco del denominado “Proyecto Jurisdiccional”, se ha comenzado el proceso de implantación masiva de la nueva solución informática adoptada por el Organismo, en forma progresiva y en todo el país.- Esta solución implica entre otras utilidades, el almacenamiento centralizado de toda la información de las Sedes judiciales que van siendo incorporadas al Proyecto.- Ello permitirá que en el futuro y para aquellas sedes en las que se ha implantado esta solución, y en las que hasta ahora regía el Sistema de “Seguimiento de expedientes judiciales”, el trámite de los expedientes que allí tramitan pueda ser consultado a través de Internet libremente por cualquier interesado y en forma gratuita, sin otra limitación que la de la reserva a que referían los arts. 2º de la resolución Nº 240/03 de fecha 5/6/2003 y de la Circular Nº 30/03 que la comunicaba y la ponía en vigencia, conocida como “Consulta de expedientes C.A.U.”.- La Suprema Corte de Justicia se dispone a habilitar la consulta de expedientes en la forma referida y ello hará totalmente transparente la gestión de los Tribunales para todos los usuarios, que tendrán a distancia y a su disposición toda la información que se visualiza en la “Consulta Movimiento de Expedientes” (opción 3-4 del menú) del Sistema de Gestión de los distintos juzgados.- Por ello se solicita a todas las Oficinas judiciales del país que, a la brevedad, adopten todas las medidas necesarias para que en la información que se visualice: a) aparezcan como RESERVADOS los decretos y/o expedientes que tengan ese carácter, como ya estaba dispuesto, y que por algún motivo tengan esa calidad para cualquiera de las partes. En este sentido, no se admitirá como válida la operativa de no indicar la reserva del decreto y/o expediente en el sistema, y en cambio realizar anotaciones en el giro para evitar que sea visto por alguna de las partes. Del estricto cumplimiento de esta obligación por parte de la Oficina Actuaria, dependerá la efectividad de las medidas procesales; b) que se le quite tal carácter cuando cesen las causas que lo ameritaron; c) la terminología y ortografía utilizadas en las anotaciones deberán ser también las adecuadas a la seriedad del trámite judicial, en el entendido que serán apreciadas por cualquier interesado.
EXPEDIENTES JUDICIALES:2006
Circ. 109/2006 DGSA (9/10/06)
En el marco del denominado “Proyecto Jurisdiccional” y a los efectos de que se realice un correcto uso de la nueva solución informática que se está instalando, en forma progresiva y en todo el país.- Como se informa en los cursos de capacitación, hay determinados procedimientos que resultan imprescindibles en la operativa y su cumplimiento resulta estrictamente necesario para el buen funcionamiento del mismo, y que sin perjuicio de otros se detallan a continuación:
ü se debe informar inmediatamente de producidas las altas y bajas de funcionarios al Servicio de Atención a Usuarios de la División Informática a los efectos de habilitar o bloquear las contraseñas de acceso (Password) a los datos de las Sede en cuestión. Téngase presente que un nuevo funcionario no puede acceder a los servicios de la Sede sin ella y por el contrario el funcionario saliente, si no es dado de baja, desde otro puesto de trabajo en cualquier otra sede puede acceder a los servicios de su anterior destino, con las consecuencias y responsabilidades que ello implicaría;
ü se recuerda a todos los funcionarios usuarios sin distinción de categorías que el uso de la clave de acceso (Password) es personal y lo hace exclusivamente responsable de las operaciones realizadas con ella por lo que se debe ser extremadamente cuidadoso en el uso de las mismas. Si no fuera de ese modo la operación realizada por cualquier otra persona le será atribuida;
ü se recuerda también a las sedes que utilizan el Sistema de Gestión de Juzgados (SGJ) que la incorporación de nuevas tecnologías, en la operativa de ese sistema no ha introducido variantes. Por lo tanto deberán seguir usando la opción “reconstrucción de índices” como lo hacían hasta el presente, cuando ello sea pertinente.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 2006
Circ. 120/2006 DGSA (3/11/2006)
1°.- Permitir la consulta del trámite de expedientes judiciales en forma libre, gratuita por Internet a partir del 13/11/2006 de los Juzgados incorporados al “Proyecto Jurisdiccional” y automáticamente de los que se incorporen en el futuro.-
2°.- En atención a la transparencia que ello implica se reitera a jerarcas y funcionarios de las distintas sedes judiciales que deberán usar estrictamente la herramienta de reserva de trámite y/o expedientes, de lo que serán únicos y absolutos responsables en la medida que ello lesione algún derecho.-
EXPEDIENTES JUDICIALES 2007
Circ. 58/2007 DGSA (8/6/2007)
Da a conocer Nota de la Cámara de Representares referente al interés en arbitrar un procedimiento que permita dar efectivo cumplimiento a las solicitudes de prueba diligenciadas por el Poder Judicial, mediante el traslado parcial a las partes solicitantes e interesadas en su agregación, de los costos derivados de las mismas.
EXPEDIENTES JUDICIALES 2008
Circ. 42/2008 DGSA (14/4/2008)
Comunica la aprobación de una nueva Tabla de Códigos de Giros a ser utilizada por todos los Juzgados informatizados con el Sistema de Gestión de Juzgados, de todo el país, que están integrados o que se integren en el futuro a la Red Nacional Judicial (RENAJU). Dicha tabla ha sido confeccionada por una comisión integrada por Actuarios de Juzgado Letrado de la Capital y de Paz Departamental, Divisiones Servicios Inspectivos, Tecnología Informática y Planeamiento y Presupuesto, atento a las incongruencias detectadas en el dato “Expedientes en Trámite” que surge del Sistema de Gestión de Juzgados (SGJ) en las sedes informatizadas de todo el país.-
La Tabla Única de Giros será instalada a partir del día 25/4/08 referido sistema a través de la RENAJU
EXPEDIENTES JUDICIALES 2008
Circ. 64/2008 DGSA (19/5/2008)
En el marco del denominado “Proyecto Jurisdiccional” como ya se expresara en comunicaciones anteriores, se ha comenzado el proceso de implantación masiva de la nueva solución informática adoptada por el Organismo, en forma progresiva y en todo el país. Ante hechos concretos que se han presentado, con frecuencia ante DivisiónTecnología Informática, por los que distintas sedes judiciales plantean la necesidad que División Tecnología Informática les modifique manualmente la información contenida en los archivos del SGJ ubicados en el Centro de Procesamiento de Datos del Poder Judicial (CPD) que como se sabe está centralizado, la Suprema Corte de Justicia ha resuelto hacerles saber por este medio, que los archivos registrados en este sistema de almacenamiento centralizado, por obvias razones de seguridad, no pueden ser modificados en ninguna circunstancia. El Sistema de Gestión de Juzgados (SGJ) permite corregir errores, antes de confirmar el proceso.- Si de cualquier manera, por problemas de tipo operativo se diera esta circunstancia, los Sres. Magistrados deberán dictar las providencias que tiendan a corregir el error u omisión padecido en su caso.-
EXPEDIENTES JUDICIALES 2008
Circ. 48/2008DGSA (21/11/2008)
En el marco del Proyecto “Obtener del Sistema de Gestión de Juzgados el Dato Real de Expedientes en Trámite”, cuya primera etapa fuera la normalización de códigos de movimientos, oportunamente comunicada por Circular Nº 42/08 de fecha 14 de abril de 2008 (Tabla Única de Giros), se poner en conocimiento la última etapa del referido proyecto, en la que se apunta a evitar que en el futuro se deba seguir realizando todos los fines de año la tarea del conteo manual de los expedientes en trámite. Esta tarea de conteo, debía ser realizada en virtud de las incongruencias que registraba la información con que se alimentaba el Sistema de Gestión de Juzgados (SGJ), producto de la multiplicación de códigos de giro con que contaba cada sede.
Acordada 494 24/5/1916
Dispone que siempre que un expediente alcance a 300 fojas, más o menos, deberán los Jueces y Tribunales, dictar las providencias del caso a fin de que se forme una segunda pieza, o las que fueren necesarias, con las subsiguientes actuaciones.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1924
Acordada 908 del 10/9/1924
Dispone que cuando los Jueces hagan referencia, en providencias que dicten, a otras extendidas en el mismo expediente de que conozcan, deberán señalar fecha y foja correspondiente a ésta última, sin perjuicio de otras indicaciones útiles.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1973
Circ. 49/73 SCJ (7/9/73) Acordada 4934 del 3/9/73
Autoriza el uso de escritura a máquina, así como impresa mediante sellos (planchas de goma) en las providencias de trámite que se dicten en los expedientes judiciales, debiendo ajustarse esa práctica a las previsiones pertinentes señaladas en el Numeral 2do. de la Acordada 1812 de 3/9/36 en cuanto a color, calidad y legibilidad de las tintas a utilizarse. El tipo de letra de los sellos o planchas a emplearse será el usual (pica, romano o medio romano), utilizado en máquina de escribir.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1974
Circ. 27/74 SCJ (25/7/74) Acordada 5029 del 24/7/74
En los asuntos de jurisdicción voluntaria y contenciosa, civiles, de hacienda y de lo contencioso administrativo, los Tribunales y Juzgados remitirán a los Sres. Fiscales, en todos los casos, los expedientes en los que se les confiera vista o traslado, dejando constancia en autos, autorizada por los Secretarios o Actuarios, de esa remisión y de su fecha. Si el Fiscal es parte del juicio, quedará notificado de la providencia que dispuso el traslado o vista sin otra formalidad que la constancia referida, en la fecha que luzca en dicha constancia. Recomienda a los Actuarios que los expedientes lleguen a las Fiscalías en la fecha de la constancia de remisión.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1980
Circ. 43/80 SCJ (30/6/80) Acordada 6552
Acordada 6552: Se establecen para todas las dependencias judiciales indicaciones sobre la forma de armar los expedientes, su caratulación, foliaturas, cosido, separación de piezas, desgloses, agregaciones, terminación del expediente, rechazo de escritos, escrituración y mecanografiado de las notas y constancias, sellos y planchas de goma, etc.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1985
Ley 15750, artículo 123, numeral 3º -
Reglamenta la exhibición de expedientes judiciales en trámite o archivados - art. 123 de la Ley 15750.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1985
Circ. Nº 61/85 SCJ (4/11/85)
Solicita se de estricto cumplimiento a la Circ. 43/80 - Acordada 6552 y que se tenga especial cuidado, en los casos en que no sea posible utilizar la escritura mecanografiada y se hagan asientos manuscritos, que ellos sean realizados en forma totalmente legible.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1986
Auto Acordado 7/86 SCJ (11/9/86) - (Circ. 3/86) (11/9/86)
Basándose en el derecho de libre acceso al expediente, se resuelve que debe permitirse la notificación en la Oficina - bajo las condicionantes que se establecen, cuando el interesado exige notificarse de una providencia no reservada, no obstante estar pendiente de devolución las actuaciones y recaudos librados a la Oficina Central de Notificaciones o a otro Juzgado para la notificación de esa misma providencia, estándose, en caso de doble notificación, a la anterior en el tiempo.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1986
Circ. 22/86 SCJ (18/4/86)
Reitera el cumplimiento de la Acordada 6552, bajo la más seria responsabilidad de las autoridades pertinentes y reproduce íntegramente su texto.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1986
Circ. 34/86 SCJ (14/5/86)
Solicita de cada una de las Sedes Judiciales y en especial de las personas encargadas de vigilar el correcto desenvolvimiento formal y material de los expedientes, que pongan el mayor celo, en cuanto a exigir que cuando se estampen en los mismos, constancias o decretos en formar manuscrita, se haga en forma clara y perfectamente legible.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1987
Acordada 6938 SCJ (27/7/87)
Resuelve comunicar a las Oficinas Actuarias de todos los Juzgados y Tribunales que se debe dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el inc. 2º del artículo 291 del C.P.C., colocando en las copias de escritos que deban entregar a las personas que notifiquen, la constancia de presentación de esas copias, con la fecha de esa presentación, suscrita por los Sres. Actuarios o Secretarios, o funcionarios que ellos deleguen al efecto, con su firma o con su rúbrica.
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1987
Circ. 38/87 SCJ (5/10/87) Acordada 6949 del 28/9/87
Todos los Juzgados de la República deberán abstenerse, en tanto no se disponga lo contrario especialmente, de remitir al Archivo Judicial los expedientes de las materias no penales con menos de 10 años de antigüedad, a partir de su terminación, y los expedientes penales que tengan menos de 20 años de antigüedad, a contar de su clausura.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1988
Circ. 11/88 SCJ (11/4/88) Acordada 6974 del 8/4/88:
Reglamenta la manera de como deben ser enviados los libros y expedientes al Archivo General de la Nación.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1988
Circ. 12/88 SCJ (20/4/88)
Recuerda que es imprescindible que en toda registración que se efectúe en expedientes judiciales, SE ANOTE LO REALMENTE OCURRIDO - objeto de la documentación, estando en ello comprendido LA EXACTITUD DE LA FECHA EN QUE SE PRODUCE.- Y se responsabiliza a los Sres. Actuarios y Actuarios Adjuntos - en cuanto autorizantes de su cumplimiento -, quedando sujetos a las responsabilidades de orden administrativo y/o penal, que virtualmente pudieran producirse de su no cumplimiento.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1988
Circ. 13/88 SCJ del 20/4/88
En virtud de que se han devuelto a los Juzgados de origen expedientes en los cuales se dicta sentencia de 2da. instancia, antes de producirse el vencimiento del plazo legal para interponer el recurso de casación, ocasionando posteriores retrasos en el trámite se exhorta a los Sres. Secretarios de los Tribunales de Apelaciones a no devolverlos hasta tanto no haya vencido el plazo referido.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1988
Res. 387/88 (5/8/88) Circ. 33/88 SCJ (8/8/88)
Hace saber que se deben adoptar las medidas eficientes necesarias para la protección de los documentos que se presenten en las Oficinas.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1988
Circ. 34/88 SCJ (16/8/88)
Recomienda se adopten las providencias necesarias para la debida custodia de los expedientes que se remitan o reciban en cada oficina y la regular documentación de esos movimientos, así como la determinación de qué funcionario es el responsable, con el debido contralor del Sr. Actuario.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1988
Circ. 35/88 SCJ (17/8/88)
Recomienda a los Magistrados el estricto cumplimiento de la Circ. 22/86, en particular en lo referente a la escrituración y mecanografiado de las notas y constancias.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1988
Circ. 41/88 SCJ (3/10/88)
Recomienda a los Sres. Magistrados el estricto cumplimiento de la Acordada 6974 referente a la forma de remisión de expedientes al Archivo General de la Nación.
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1989
artículos 102 a 109 - En varios artículos el C.G.P. reglamenta distintos aspectos formales de los expedientes judiciales y la documentación del proceso, a saber: DOCUMENTACION DE LAS AUDIENCIAS (art. 102) CONTENIDO DE LAS ACTAS (art. 103) FORMACION DE LOS EXPEDIENTES (art. 104) TESTIMONIOS Y CERTIFICADOS (art. 105) CONSULTA DE LOS EXPEDIENTES (art. 106) RETIRO DE LOS EXPEDIENTES (art. 107) ARCHIVO DE LOS EXPEDIENTES (art. 108) RECONSTRUCCION DE LOS EXPEDIENTES (art. 109)
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1989
Circ. 63/89 SCJ (2/8/89):
Nota de la Intendencia Municipal de Montevideo comunicando la resolución de que a partir del 10/7/89 no se recibirán ni se dará trámite a Oficios y o Expedientes, que no contengan el número de padrón correspondiente a la finca que motiva las actuaciones.
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1990
Circ. 13/90 SCJ (15/3/90)
Recomienda en vía administrativa el archivo de expedientes a los tres meses de su paralización cualquiera sea la fecha en que esta haya comenzado y sin perjuicio de las ulterioridades procesales que correspondieren.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1990
Circ. 21/90 SCJ (29/3/90) -
Se libra adjuntando informes del Inspector Esc. Eduardo Lay Alvez y de División de Servicios Inspectivos sobre la reconstrucción de expedientes extraviados, haciendo saber que aquellos no suponen resolución de la Suprema Corte de Justicia, sino la información sobre medidas posibles a tener en cuenta en su caso.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1990
Circ. 34/90 SCJ (15/5/90)
Hace saber a los Sres. Magistrados que debe darse cumplimiento a lo que dispone el art. 37 del Código General del Proceso referido a la ASISTENCIA LETRADA, transcribiendo íntegramente su texto.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1991
Acordada 7097 (20/3/91) artículo 7º Circ. 18/91 SCJ (1º/4/91)
Esta Acordada establece una nueva normativa sobre la tramitación de los títulos de abogados, escribanos y procuradores, deroga la Acordada 4038, y en su art. 7º dispone que los profesionales que actúen asistiendo a cualquier parte o interesado en virtud de lo dispuesto en el art. 37 del C.G.P. deberán estampar o suscribir al pie de su firma habitual en forma clara y legible su nombre completo, el titulo profesional habilitante y el numero de inscripción en la matricula, en todos los escritos en que comparezcan y en las audiencias a las cuales asistan.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1991
Acordada 7099 (12/4/91) Circ. 20/91 SCJ (12/4/91)
Reglamenta y actualiza normas sobre presentación de exposiciones y expedición de documentos que se practican en el Poder Judicial, permitiendo nuevas técnicas de impresión.
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1991
Acordada 7113 (16/9/91) Circ. 59/91 SCJ (17/9/91)
Establece que la remisión de expedientes, cualquiera sea el motivo, únicamente se documentará por constancia actuarial, que establezca dicho acto y su objeto.- Asimismo dispone que no requerirán libramiento de exhortos u oficios las comunicaciones que refieran a alguna petición para el cumplimiento de diligencias del proceso, entre tribunales que tienen una misma oficina, cumpliéndose por la Actuaria respectiva, dejándose constancia en autos.-
EXPEDIENTES JUDICIALES:
1992 Circ. 76/92 SCJ (8/12/92) Acordada 7167 del 7/12/92
Las providencias y actuaciones manuscritas de los expedientes se acompañarán de copias mecanografiadas debidamente autenticadas, dicha copia no se incorporará al expediente. Se recomienda también a los Magistrados la incorporación a las actas relativas a las audiencias y en forma sucinta, de todos los elementos que permitan una cabal comprensión por parte de quiénes eventualmente deban entender en las causas, segunda instancia o casación.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1993
Circ. 34/93 SCJ (26/5/93)
Recomienda a los Magistrados al dictar sentencia el estricto cumplimiento del art. 197 del C.G.P. especialmente en lo que tiene relación a la identificación de los autos con la mención de las partes intervinientes y demás elementos que surjan de la carátula del expediente.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1993
Circ. 35/93 SCJ (26/5/93) -
Recomienda a los Sres. Magistrados evitar determinadas omisiones constatadas en diligencias judiciales, a saber: no dejar constancia del expediente en que se está actuando, ni de la Sede que practica la diligencia, la falta de firmas y sellos por parte de la oficina.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1996
Circ. 13/96 DGSA (26/2/96)
Con referencia al retiro de expedientes en confianza por parte de los profesionales legalmente habilitados, y ante la eventualidad de que se llevan a cabo prácticas contrarias a derecho, la Suprema Corte de Justicia dispuso librar la presente a los efectos de recordar que la decisión de entrega de expedientes en confianza, es de competencia de la oficina Actuaria.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1997
Circ. 87/97 SCJ (21/11/97)
Resolución de la Corporación con el fin de evitar se afecte el interés del justiciable, determina que no será necesaria la presentación de escrito para la solicitud de desarchivo de expedientes a fin de obtener levantamiento de embargo.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1997
Circ. 90/97 SCJ (24/11/97) Acor. 7341/ 21/11/97)
Reglamentación de las exposiciones, actuaciones y expedición de documentos que se practiquen en el Poder Judicial en papel fanfold.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1997
Circ. 110/97 SCJ (24/12/97) Acordada 7347 del 24/12/97
Criterios a utilizar en la formación de piezas por separado - Ficheros.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1998
Circ. 32/98 SCJ (13/5/98) Acordada 7353 del 13/5/98
Amplía la Acordada 7341 del 21/11/97 referente a lineamientos de documentos en papel fanfold.
EXPEDIENTES JUDICIALES: 1998
Circ. 47/98 SCJ (24/7/98) Acordada 7356 del 24/7/98
Modifica la Acordada 7341 del 21/11/97.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 2000
Circ. 26/2000 SCJ (11/5/2000) Acordada 7395 del 10/5/2000
Modifica la Acordada 7099 del 12/4/91 relativa a la dimensión del papel utilizado para toda exposición, actuación y expedición de documentos en el Poder Judicial.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 2001
Circ. 23/2001 SCJ (4/4/2001) Acordada 7422 del 2/4/2001.
Modifica el art. 1 lit. c) de la Acordada 7099 del 12/4/91 relativa a los márgenes que deberá cumplir toda exposición, actuación y expedición de documentos en el Poder Judicial.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 2002
Circ. 75/2002 SCJ (26/8/2002) Acordada 7460 del 23/8/2002.
Determina que toda vez que se deban remitir expedientes a oficinas, dependencias o reparticiones del Poder Judicial, aún de superior jerarquía, se prescindirá del libramiento de oficio, sustituyéndolo con una constancia actuarial en la que se determinará el motivo de la remisión, cualquiera sea éste
EXPEDIENTES JUDICIALES: 2002
Res. 429/02 DGSA 31/7/21002.
Reglamento de la distribución de expedientes de los Tribunales de Apelaciones en materia Civil, Laboral y de Familia.-
EXPEDIENTES JUDICIALES:
2003 Circ. 30/2003 DGSA (26/8/2003)
Procedimiento relativo a la implementación del Seguimiento de expedientes judiciales (SEJ) que comenzará a regir a partir del 15/9/03
EXPEDIENTES JUDICIALES: 2003
Circ. 98/2003 SCJ (2/12/2003) Acordada 7497 del 1/12/2003
Nuevo sistema de Identificación Única de Expedientes Jurisdiccionales.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 2005
Circ. 56/05 DGSA (19/5/2005)
Se dispuso que, indefectiblemente, se dé cumplimiento con lo dispuesto en la Acordada N° 7347.- A tales efectos las sedes judiciales, deberán dar cuenta a la Oficina de Recepción y Distribución de Asuntos, la formación de piezas por separado.- Asimismo, se les comunica a las sedes informatizadas con el S.G.J. (Sistema de Gestión de Juzgados), que cuentan con la opción “Informe a ORDA para Balance de Carga” en dicho sistema; por lo que de forma sencilla pueden acceder al listado de todas las piezas formadas en un período determinado, para luego comunicarlo a la ORDA.-
EXPEDIENTES JUDICIALES:2006
Circ. 108/2006 DGSA (9/10/06)
En el marco del denominado “Proyecto Jurisdiccional”, se ha comenzado el proceso de implantación masiva de la nueva solución informática adoptada por el Organismo, en forma progresiva y en todo el país.- Esta solución implica entre otras utilidades, el almacenamiento centralizado de toda la información de las Sedes judiciales que van siendo incorporadas al Proyecto.- Ello permitirá que en el futuro y para aquellas sedes en las que se ha implantado esta solución, y en las que hasta ahora regía el Sistema de “Seguimiento de expedientes judiciales”, el trámite de los expedientes que allí tramitan pueda ser consultado a través de Internet libremente por cualquier interesado y en forma gratuita, sin otra limitación que la de la reserva a que referían los arts. 2º de la resolución Nº 240/03 de fecha 5/6/2003 y de la Circular Nº 30/03 que la comunicaba y la ponía en vigencia, conocida como “Consulta de expedientes C.A.U.”.- La Suprema Corte de Justicia se dispone a habilitar la consulta de expedientes en la forma referida y ello hará totalmente transparente la gestión de los Tribunales para todos los usuarios, que tendrán a distancia y a su disposición toda la información que se visualiza en la “Consulta Movimiento de Expedientes” (opción 3-4 del menú) del Sistema de Gestión de los distintos juzgados.- Por ello se solicita a todas las Oficinas judiciales del país que, a la brevedad, adopten todas las medidas necesarias para que en la información que se visualice: a) aparezcan como RESERVADOS los decretos y/o expedientes que tengan ese carácter, como ya estaba dispuesto, y que por algún motivo tengan esa calidad para cualquiera de las partes. En este sentido, no se admitirá como válida la operativa de no indicar la reserva del decreto y/o expediente en el sistema, y en cambio realizar anotaciones en el giro para evitar que sea visto por alguna de las partes. Del estricto cumplimiento de esta obligación por parte de la Oficina Actuaria, dependerá la efectividad de las medidas procesales; b) que se le quite tal carácter cuando cesen las causas que lo ameritaron; c) la terminología y ortografía utilizadas en las anotaciones deberán ser también las adecuadas a la seriedad del trámite judicial, en el entendido que serán apreciadas por cualquier interesado.
EXPEDIENTES JUDICIALES:2006
Circ. 109/2006 DGSA (9/10/06)
En el marco del denominado “Proyecto Jurisdiccional” y a los efectos de que se realice un correcto uso de la nueva solución informática que se está instalando, en forma progresiva y en todo el país.- Como se informa en los cursos de capacitación, hay determinados procedimientos que resultan imprescindibles en la operativa y su cumplimiento resulta estrictamente necesario para el buen funcionamiento del mismo, y que sin perjuicio de otros se detallan a continuación:
ü se debe informar inmediatamente de producidas las altas y bajas de funcionarios al Servicio de Atención a Usuarios de la División Informática a los efectos de habilitar o bloquear las contraseñas de acceso (Password) a los datos de las Sede en cuestión. Téngase presente que un nuevo funcionario no puede acceder a los servicios de la Sede sin ella y por el contrario el funcionario saliente, si no es dado de baja, desde otro puesto de trabajo en cualquier otra sede puede acceder a los servicios de su anterior destino, con las consecuencias y responsabilidades que ello implicaría;
ü se recuerda a todos los funcionarios usuarios sin distinción de categorías que el uso de la clave de acceso (Password) es personal y lo hace exclusivamente responsable de las operaciones realizadas con ella por lo que se debe ser extremadamente cuidadoso en el uso de las mismas. Si no fuera de ese modo la operación realizada por cualquier otra persona le será atribuida;
ü se recuerda también a las sedes que utilizan el Sistema de Gestión de Juzgados (SGJ) que la incorporación de nuevas tecnologías, en la operativa de ese sistema no ha introducido variantes. Por lo tanto deberán seguir usando la opción “reconstrucción de índices” como lo hacían hasta el presente, cuando ello sea pertinente.-
EXPEDIENTES JUDICIALES: 2006
Circ. 120/2006 DGSA (3/11/2006)
1°.- Permitir la consulta del trámite de expedientes judiciales en forma libre, gratuita por Internet a partir del 13/11/2006 de los Juzgados incorporados al “Proyecto Jurisdiccional” y automáticamente de los que se incorporen en el futuro.-
2°.- En atención a la transparencia que ello implica se reitera a jerarcas y funcionarios de las distintas sedes judiciales que deberán usar estrictamente la herramienta de reserva de trámite y/o expedientes, de lo que serán únicos y absolutos responsables en la medida que ello lesione algún derecho.-
EXPEDIENTES JUDICIALES 2007
Circ. 58/2007 DGSA (8/6/2007)
Da a conocer Nota de la Cámara de Representares referente al interés en arbitrar un procedimiento que permita dar efectivo cumplimiento a las solicitudes de prueba diligenciadas por el Poder Judicial, mediante el traslado parcial a las partes solicitantes e interesadas en su agregación, de los costos derivados de las mismas.
EXPEDIENTES JUDICIALES 2008
Circ. 42/2008 DGSA (14/4/2008)
Comunica la aprobación de una nueva Tabla de Códigos de Giros a ser utilizada por todos los Juzgados informatizados con el Sistema de Gestión de Juzgados, de todo el país, que están integrados o que se integren en el futuro a la Red Nacional Judicial (RENAJU). Dicha tabla ha sido confeccionada por una comisión integrada por Actuarios de Juzgado Letrado de la Capital y de Paz Departamental, Divisiones Servicios Inspectivos, Tecnología Informática y Planeamiento y Presupuesto, atento a las incongruencias detectadas en el dato “Expedientes en Trámite” que surge del Sistema de Gestión de Juzgados (SGJ) en las sedes informatizadas de todo el país.-
La Tabla Única de Giros será instalada a partir del día 25/4/08 referido sistema a través de la RENAJU
EXPEDIENTES JUDICIALES 2008
Circ. 64/2008 DGSA (19/5/2008)
En el marco del denominado “Proyecto Jurisdiccional” como ya se expresara en comunicaciones anteriores, se ha comenzado el proceso de implantación masiva de la nueva solución informática adoptada por el Organismo, en forma progresiva y en todo el país. Ante hechos concretos que se han presentado, con frecuencia ante DivisiónTecnología Informática, por los que distintas sedes judiciales plantean la necesidad que División Tecnología Informática les modifique manualmente la información contenida en los archivos del SGJ ubicados en el Centro de Procesamiento de Datos del Poder Judicial (CPD) que como se sabe está centralizado, la Suprema Corte de Justicia ha resuelto hacerles saber por este medio, que los archivos registrados en este sistema de almacenamiento centralizado, por obvias razones de seguridad, no pueden ser modificados en ninguna circunstancia. El Sistema de Gestión de Juzgados (SGJ) permite corregir errores, antes de confirmar el proceso.- Si de cualquier manera, por problemas de tipo operativo se diera esta circunstancia, los Sres. Magistrados deberán dictar las providencias que tiendan a corregir el error u omisión padecido en su caso.-
EXPEDIENTES JUDICIALES 2008
Circ. 48/2008DGSA (21/11/2008)
En el marco del Proyecto “Obtener del Sistema de Gestión de Juzgados el Dato Real de Expedientes en Trámite”, cuya primera etapa fuera la normalización de códigos de movimientos, oportunamente comunicada por Circular Nº 42/08 de fecha 14 de abril de 2008 (Tabla Única de Giros), se poner en conocimiento la última etapa del referido proyecto, en la que se apunta a evitar que en el futuro se deba seguir realizando todos los fines de año la tarea del conteo manual de los expedientes en trámite. Esta tarea de conteo, debía ser realizada en virtud de las incongruencias que registraba la información con que se alimentaba el Sistema de Gestión de Juzgados (SGJ), producto de la multiplicación de códigos de giro con que contaba cada sede.
EXPEDIENTES JUDICIALES 2009
Circ. 56/2009 DGSA (22/5/2009)
Resolución nº 288/09/14 SCJ: “...hágase saber a las sedes judiciales que deberán mantener actualizados, en el sistema informático, los datos de los expedientes, a efectos de facilitar a los operadores el control de los mismos, vía internet”.-
Circ. 56/2009 DGSA (22/5/2009)
Resolución nº 288/09/14 SCJ: “...hágase saber a las sedes judiciales que deberán mantener actualizados, en el sistema informático, los datos de los expedientes, a efectos de facilitar a los operadores el control de los mismos, vía internet”.-
EXPEDIENTES JUDICIALES
Circ. 132/2008DGSA (1/12/2010
Esta circular es debido a que se han detectado incongruencias en el dato “Expedientes en Trámite”, que brinda el Sistema de Gestión de Juzgados, siendo imprescindible para la Corporación contar con información confiable que permita tener conocimiento del total de asuntos que se tramitan en el Poder Judicial. Al analizar las cifras de expedientes en trámite al finalizar el año 2009 se constató nuevamente inconsistencia en el dato “Expedientes en Trámite” que surge del módulo Estadísticas del Sistema de Gestión de Juzgados (SGJ), a pesar de la depuración realizada en el año 2008 por las sedes a través de la visita-constatación de expedientes en trámite. Ante esto, la DGSA solicita se efectúe nuevamente una visita–constatación de expedientes en trámite con el objetivo de eliminar del SGJ los expedientes que no se encuentran en trámite. Dicha tarea deberá ser realizada en la próxima Feria Judicial Mayor, por todos los juzgados letrados del país informatizados con dicho sistema, con excepción de los Juzgados Letrados de Familia que serán trasladados a la nueva sede sita en Rondeau y Valparaíso, los que realizarán un conteo manual de expedientes en trámite al 31/12/2010 y la visitaconstatación en la Feria Judicial Menor que comienza el 1º/7/2011.
EXPEDIENTES
JUDICIALES 2013
Circ 26/2013 DGSA 8/3/2013
La SCJ de MV de 18/2/13
resolvió hacer saber a las sedes que deberán recepcionar y dar trámite a la
documentación presentada con la debida diligencia y de ser posible establecer
en forma clara normas o protocolos generales de tramitación.- En consecuencia
se exhorta a acentuar los controles de toda documentación que se remita a otra
sede judicial a los efectos de erradicar prácticas informales que pudieran, en
un futuro, conspirar contra el hallazgo oportuno de documentación y/o
expedientes, a efectos de evitar la pérdida, o extravío de los mismos.-
EXPEDIENTES JUDICIALES :2014
Acordada 7800 del 16/5/2014 Circ. 60/2014
DGSA (12/5/14
1º) Modificar el art. III de la
Acordada 6552, en los siguientes términos:
III) AGREGACIÓN DE DOCUMENTOS.- Cuando deba agregarse un escrito
al que se adjuntan documentos, éstos precederán al escrito con el cual han sido
presentados.- Siempre que se incorporen al expediente uno o varios documentos,
ello se hará en forma tal que permita su fácil lectura. Aquellos documentos que
carezcan del correspondiente margen, a los efectos mencionados, se fijarán
sobre una hoja de actuación, pudiendo fijarse dos o más documentos por hoja,
utilizando el anverso y el reverso de la misma.- El Actuario, Secretario o
quien haga sus veces, rubricará y estampará el sello del Tribunal a
continuación del último documento agregado en cada hoja, inutilizando el resto
de la misma.-
EXPEDIENTES
JUDICIALES 2016
Circ
14/2016 DGSA 23/2/2016
Comunica que ya se encuentra operativa la aplicación
para la consulta remota de trámites judiciales especialmente desarrollada para
utilizar en dispositivos móviles.- La nueva herramienta desarrollada por la
División Tecnología del Poder Judicial, permite a cualquier usuario de los
servicios de Justicia consultar a través de un dispositivo móvil (smartphone,
tablet, etc.) el listado completo de los movimientos del trámite que resulte de
su interés, actualizado hasta la jornada anterior a la operativa de consulta.
Además, el sistema provee una novedosa herramienta consistente en la
posibilidad de programar la recepción de alertas personalizadas cuando el
trámite en el que está interesado el usuario tenga algún movimiento. Estas
características hacen de la nueva aplicación un poderoso factor de
fortalecimiento de las vías de accesibilidad a la Justicia, además de que
reafirma la vigencia de la responsabilidad, la transparencia y el compromiso
con la excelencia como valores fundamentales fijados por la Institución en su
Plan Estratégico para el período 2015-2024.-La aplicación puede descargarse de
forma muy sencilla mediante el uso de los códigos de respuesta rápida (códigos
QR) disponibles en el sitio web oficial, el portal corporativo y los materiales
gráficos elaborados para publicitaria.- A efectos de que las sedes de todo el
país presten apoyo en la tarea de divulgación de esta beneficiosa herramienta,
se informa que el afiche y el manual de usuario (cuyo facsímil se adjunta a
este documento) están disponibles en el Portal Corporativo de la institución(*)
a fin de que cada sede proceda a su impresión y fijación en lugares estratégicos
en que puedan ser visualizados por el público objetivo (operadores del sistema
de justicia y usuarios en general
(*) Para acceder al afiche y
manual de usuario disponible en el Portal Corporativo (Intranet), luego del
login, en el centro de la pantalla de inicio se podrá ver un anuncio sobre el
lanzamiento de la nueva aplicación. Al hacer clic sobre el anuncio aparecerá un
articulo sobre la aplicación y al pie del mismo estarán los enlaces a los
mencionados documentos que deben ser descargados, impresos y fi jados en
lugares de buena visualización dentro de la sede.
EXPEDIENTES
JUDICIALES 2016
Circ
25/2016 DGSA
Pone en conocimiento, que en relación a la aplicación
para la consulta remota de trámites judiciales desarrollada por la División
Tecnología del Poder Judicial, comunicada por Circular n° 14/2016 de fecha
23/2/2016, a efectos de un buen funcionamiento de las comunicaciones del
servicio, dicha aplicación deberá bajarse por los Señores Jerarcas a fin de
tomar conocimiento de las publicaciones que se realicen de noticias
institucionales en tiempo real.-
1 comentario:
Hola cómo estás me gusto mucho el artículo gracias por compartirlo con todos nosotros.
URU-consultas
https://uruconsulta.org/
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