DOCUMENTOS:
1995 Circ. 60/95 SCJ (21/9/95):
Recomienda disponer lo necesario a efectos de que cuando se presentan documentos para ejecución con copia - art. 72.1 del Código General del Proceso, en la redacción dada por la Ley Nº 16.699 -, se otorgue recibo en el expediente del retiro de los originales firmado por el letrado o los autorizados a tal fin.-
DOCUMENTOS:
1997 Circ. 77/97 SCJ (11/11/97):
Resolución de la Corporación solicitando se tomen las medidas necesarias para garantizar la efectiva custodia de los documentos originales que sean presentados para su ejecución, por razones de seguridad y de eventuales responsabilidades en que pueda incurrirse, asimismo se recomienda la devolución de los mencionados documentos al tiempo de su presentación - art. 72.1 inc 2º del Código General del Proceso.- 2004 - Circ 1/2004 DGSA del 8/1/2004 reitera especialmente en lo relativo a la sugerencia a las Oficinas Actuarias de la devolución inmediata de los originales.-
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