1998 Circ. 17/98 DGSA (1/7/98):
Comunica el reglamento sobre el empleo de equipos y programas de computación instalados en las Oficinas del Poder Judicial.- Reglamenta las funciones de los Operador PC
DIVISION INFORMATICA:
1999 Circ., 41/99 DGSA (15/12/99)
Recomendaciones de División Informática a las que deberán atenerse todas las oficinas judiciales o administrativas del Poder Judicial en lo que se refiere a la numeración de documentos a partir del 1º/1/2000.-
DIVISION INFORMATICA:
2005 Circ. 70/2005 DGSA (15/6/2005)
Descripción y funcionamiento de los servicios del Departamento de Atención a Usuarios de División Informática.-
DIVISION INFORMATICA:
2007 Circ. 56/2007 DGSA (1/6/2007)
Se libra la presente, en virtud de lo informado por División Tecnología, referente a la conservación de los equipos informáticos, a fin de recordar que los funcionarios deberán tratarlos con suma delicadeza y cuidado para permitir su correcto funcionamiento, y evitar las fallas y costos asociados
DIVISION TECNOLOGIA INFORMATICA: 2008
Circ. 90/2008 DGSA (22/6/2008)
Modificación al inventario general de bienes muebles, aplicable exclusivamente al equipamiento informático.- Se trata de una variación en el código de inventario y en el etiquetado de torres, monitores, impresoras, y demás equipos de computación. La asignación del número de inventario y el etiquetado estará a cargo de la División Tecnología Informática, y la oficina que lo recibe no debe asignar un nuevo código ni agregar etiqueta al equipo. Lo que sí debe hacer es comunicar al Departamento de Inventarios, mediante el formulario “Movimiento de Bienes Muebles”, la variación operada en su inventario (altas, bajas, modificaciones). continúan vigentes las circulares nros. 97/2005 y 68/2007.- Se adjunta un Anexo explicativo.-
DIVISION TECNOLOGÍA INFORMATICA:2012
Acordada 7750 del 12/9/2012 Circ. 108/12 DGSA (17/9/2012
I) que por Acordada Nº 7523 de 26/7/2004, la Corporación aprobó la estructura orgánica y las funciones de las dependencia del Poder Judicial;
II) que por resoluciones números 308/06 de 17/7/2006 y 234/07/12 de 9/5/2007, atento a la necesidad de adecuar los servicios a los requerimientos de la administración, se fusionaron las entonces Divisiones Informática y Tecnología en una sola oficina denominada División Tecnología Informática y se creó la Dirección de Gestión de Proyectos;
SE RESUELVE:
2º.- Establecer que las Divisiones Informática y Tecnología conforman una única unidad la que pasará a denominarse División Tecnología Informática (DITIN), dependiendo de la DGSA a través de la Sub Dirección Administrativa y son sus principales funciones las asignadas a las Divisiones fusionadas.-
DIVISION
TECNOLOGÍA INFORMATICA 2014
Circ.
45/2014 DGSA
"Resolución S.C.J. n°
251/14 Montevideo, 7 de abril de 2014.-
I°.- Suprimir la Unidad Ejecutora del Programa de
Fortalecimiento del Sistema Judicial Uruguayo (PROFOSJU).-
2º.- Créase el Comite de Informática (COMIN) el que
estará integrado por un Ministro de la Suprema Corte de Justicia, el Director
General de los Servicios Administrativos, el Director de División Informática y
el Director de División Tecnología, cuyos cometidos serán oficiar de nexo y
asesorar a la Suprema Corte de Justicia en los temas informáticos.-
3º) Disponer que la Unidad Administradora de
Notificaciones Electrónicas (UANE), con sus actuales cometidos y funciones,
pasará a depender jerárquicamente de la Oficina Central de Notificaciones y
Alguacilatos (OCNA).-
4º- Créase la Unidad de Análisis Funcional (UNAFU),
dependiente del Comite de Informática, cuyos cometidos serán:
a)
impulsar y coordinar actividades de mejora de gestión relativas al
funcionamiento de Tribunales y Juzgados en lo referente a los sistemas
informáticos y sus procesos;
b)
proponer la actualización, mejora y/o creación de los sistemas informáticos
relativos al área jurisdiccional, necesarios por las modificaciones de las
normas y reglamentaciones vigentes;
c)
integrar los grupos de trabajos que se conformaren para efectuar los
requerimientos y/o funcionalidades en los sistemas existentes o a desarrollar;
d)
ejercer las funciones de soporte funcional de los sistemas informáticos del
área jurisdiccional., de acuerdo al nivel que se establezca para cada sistema o
solución informática;
e)
capacitar, en coordinación con SECAP, en el uso y funcionamiento de los
sistemas informáticos del area jurisdiccional existentes o de aquellos a
implantarse.-
5°.- Delegar en la División Tecnología (DITEC) la
coordinación del funcionamiento de la UNAFU.-
6º.- La
Dirección General de los Servicios Administrativos deberá adoptar las medidas
necesarias a efectos de dar cumplimiento a la presente.-
7º Modifíquese la Acordada Nº 7523 en lo pertinente
y deróganse todas las normas que se opongan a la presente resolución.-
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