CAPTORES TELEFONICOS:
1994 Circ. 39/94 DGSA (7/10/94)
Se solicitará a ANTEL la colocación de captores telefónicos en los locales que se considere necesario.- Los Actuarios y Actuarios Adjuntos deberán constituirse en los locales que determine la Dirección General de los Servicios Administrativos para cumplir las medidas urgentes y/o impostergables. El Actuario encargado de la superintendencia administrativa deberá colocar en la puerta del local desalojado aviso o cartel del lugar donde la oficina funcionará a los efectos dispuestos.-
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