PUBLICIDAD DEL PROCESO

PUBLICIDAD DEL PROCESO: 1993
Circ. 21/93 SCJ (5/5/93)
Recomienda a los Magistrados el es­tricto cumplimiento de lo preceptuado en el art. 7º de la ley 15982, recomendando no prohibir el ingreso a sala de los ciu­dadanos.-

PUBLICIDAD DEL PROCESO: 2003
Circ. 79/2003 SCJ (6/10/2003)
Recomienda a los Magistrados el es­tricto cumplimiento de lo preceptuado en el art. 7º de la ley 15982. En aquellos casos en que se prevea la afluencia de mucho público que supere la capacidad locativa de las salas de audiencia, deberá solicitarse con la debida antelación el uso de las instalaciones del CEJU-

No hay comentarios: